jueves, 21 noviembre 2024

Según AEMPS, la demanda de productos sanitarios se estabiliza

La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS), dependiente del Ministerio de Sanidad, ha informado de que la demanda de productos sanitarios se está estabilizando, por lo que ha destacado la importancia de priorizar el procedimiento habitual para la importación de los mismos, con una serie de requisitos de obligado cumplimiento.

Y es que, la crisis provocada por el nuevo coronavirus generó en España una demanda «muy por encima de la habitual» de determinados productos como, por ejemplo, mascarillas quirúrgicas, guantes, test de diagnóstico in vitro o termómetros, muchos de los cuales han llegado a través de importaciones desde terceros países.

Los requisitos para la importación de productos sanitarios a España se establecen en el Real Decreto 1591/2009, de 16 de octubre, por el que se regulan los productos sanitarios. En este sentido, la AEMPS ha recordado que es la responsable de la verificación de estos requisitos en el momento de la importación de los productos, y que esta verificación se realiza en la llegada de la mercancía a la aduana, mediante el control que llevan a cabo los servicios de inspección de las áreas funcionales de Sanidad de las delegaciones del Gobierno.

Según el procedimiento habitual, se debe cumplir una serie de requisitos para autorizar la importación. En concreto, los productos deben poseer el marcado CE, haber seguido el procedimiento de evaluación de la conformidad correspondiente y que el importador disponga de licencia previa de funcionamiento.

No obstante, la AEMPS, «por motivos justificados», puede autorizar la importación de productos sanitarios que no cumplan alguno de estos requisitos. En este sentido, la agencia ha explicado que emite autorizaciones extraordinarias de importación en situaciones excepcionales, tras valorar las condiciones en que se van a importar los productos, para garantizar la seguridad en la utilización de los mismos.

VUELTA AL PROCEDIMIENTO HABITUAL DE IMPORTACIÓN

Asimismo, como consecuencia de la crisis sanitaria provocada por el nuevo coronavirus y para agilizar la importación de estos productos sanitarios y cubrir las necesidades, la AEMPS ha emitido autorizaciones extraordinarias de importación tanto a empresas, como a comunidades autónomas, así como a las instituciones que lo han solicitado.

Antes de su entrada en España, estas importaciones de productos sanitarios son inspeccionadas en frontera para comprobar que la mercancía importada se corresponde con la indicada en la autorización de la AEMPS. «Actualmente, la demanda en España de estos productos se encuentra en fase de estabilización, por tanto, se hace necesario volver al procedimiento habitual para la importación de productos sanitarios», ha argumentado.

En este sentido, el organismo ha comentado que aquellas entidades que pretendan importar productos sanitarios deben solicitar la licencia previa de funcionamiento, a través de la aplicación telemática IPS en la sede electrónica de la AEMPS. Para ello disponen de la ‘Instrucción PS 1/2019’, donde se recoge todo el proceso e información necesarios para la solicitud.

También se puede recurrir a una empresa que ya disponga de licencia de importación de productos sanitarios y que pueda realizar todas las actividades de importación. Desde el buscador de la aplicación IPS, ubicado en la pantalla de inicio se puede consultar el listado de dichas empresas.

Finalmente, la AEMPS ha señalado que las empresas que hayan realizado actividades de importación de productos sanitarios o productos sanitarios de diagnóstico in vitro, deberán garantizar la trazabilidad de los mismos, debiendo contar con un registro documentado de los productos en el que se incluyan los siguientes datos: nombre comercial del producto, modelo, número de lote, identificación del cliente, fecha de envío o suministro. Asimismo, cualquier incidente adverso relacionado con los productos deberá ser notificado a la AEMPS tan pronto se tenga conocimiento del mismo.