sábado, 14 diciembre 2024

El Gobierno considera sólo una opinión la petición de Iceta sobre los políticos presos

El ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, ha considerado tan sólo una opinión la manifestación del líder del PSC, Mique Iceta, defendiendo que los dirigentes independentistas condenados por su papel en el ‘procés’ pasen el confinamiento en sus domicilios, al igual que otros reclusos clasificados en segundo grado penitenciario y que, como los presos del ‘procés’, se benefician del artículo 100.2 del reglamento penitenciario, que les permite salir de prisión para trabajar y regresar a la cárcel solo para dormir.

«Estamos en un Estado de Derecho. El estado de alarma no supone una restricción. Seguimos teniendo la libertad de expresión de la que ha hecho gala Iceta. Nada que objetar», ha respondido Campo en rueda de prensa telemática desde el Palacio de la Moncloa, en respuesta a una pregunta que una periodista le ha hecho en directo. Ahora bien, ha precisado Campo, «en este país son los jueces los que juzgan y ejecutan lo juzgado».

Después de tener constancia de que la Generalitat catalana, que tiene la competencia en prisiones, estudiaba que los presos del ‘procés’ pudieran pasar el confinamiento en sus domicilios, la sala del Tribunal Supremo que juzgó el caso del ‘procés’ independentista en Cataluña advirtió al Govern de que podría incurrir en un delito de prevaricación con esa decisión.

En una entrevista en Radio 4, Iceta ha dicho no compartir este criterio del Supremo. «Creo que no hay que hacer distinciones: todos los presos en tercer grado pueden pasar el confinamiento en casa y los que estaban desempeñando trabajos fuera de la prisión también se pueden acoger, según lo que establece el reglamento penitenciario», ha indicado.

Campo, en cambio, ha subrayado que será el «tribunal sentenciador e Instituciones Penitenciarias los que tendrán que decidir» al respecto. Y ha recordado que ante resoluciones de Instituciones Penitenciarias en aplicación del reglamento penitenciario cabe recurso ante el juez de vigilancia penitenciaria y, en última instancia, la Audiencia Provincial.