La Fiscalía no aprecia cohecho en el acuerdo que hizo fracasar la moción de censura de Murcia

La Fiscalía del Tribunal Supremo ha propuesto el archivo de la denuncia presentada por Podemos al no apreciar cohecho en el acuerdo que hizo fracasar la moción de censura contra el Gobierno del ‘popular’ Fernando López Miras en la Región de Murcia el pasado mes de marzo.

En un escrito, el fiscal de Sala Jefe de la Sección Penal de la Fiscalía del Supremo, Javier Zaragoza, asegura que el nombramiento de dos de los diputados de Ciudadanos que votaron en contra para dos de las Consejerías regionales «no puede considerarse como una ilícita recompensa».

Es más, Zaragoza señala que «los datos que se conocen de las informaciones aparecidas en los medios de comunicación apuntan a que, tras la división del voto, subyacen únicamente razones o motivos estrictamente políticos, identificables con un problema de liderazgo en Ciudadanos entre la candidata propuesta en la moción de censura y la que en ese momento era vicepresidenta del Gobierno regional».

En el escrito, el fiscal del Supremo insiste en que la moción de censura «es un mecanismo político de control de la acción de gobierno habitualmente presente en los estados democráticos, reconocido» por la Constitución, por el Estatuto de Autonomía de Murcia y «diseñado para exigir responsabilidades políticas por las acciones de gobierno».

Según el fiscal, «si se considera legítimo presentar una moción de censura, como acto estrictamente político que es, aunque encubra un reparto de cargos y funciones de gobierno, no menos legítimo debe ser considerado oponerse a la misma, desactivando de esta manera mediante acuerdos políticos la prosperabilidad de aquella».

JUSTIFICA ROMPER LA «DISCIPLINA DE VOTO POR DESACUERDOS INTERNOS»

Zaragoza va más allá y justifica la legitimidad de la moción «aun cuando se rompa la disciplina de voto por desacuerdos internos», recordando que este hecho es «políticamente justificable en cuanto el artículo 25.1º del Estatuto de Autonomía de Murcia proclama que los diputados no están sujetos a mandato imperativo alguno».

En su denuncia, la formación ‘morada’ atribuye a algunos denunciados, como recuerda el fiscal, la condición de autores materiales –a los tres diputados que votaron en contra en la moción de censura– y a los restantes la condición de inductores y cooperadores necesarios.

Entre ellos se encuentra el secretario general del Partido Popular, Teodoro García Egea, exonerado de cualquier responsabilidad al entender el fiscal que «no se ha acreditado, ni siquiera indiciariamente, la concurrencia de los elementos típicos que integran el delito de cohecho ni mucho menos la supuesta participación» del dirigente del PP «en acciones ilegales que pudieran tener encaje jurídico en el tipo penal mencionado».

Zaragoza descarta incluso que el ‘número dos’ de los ‘populares’, aforado en su condición de diputado, tenga que realizar «declaración alguna, ni siquiera mediante la fórmula de citación para una comparecencia voluntaria».

EL FRACASO DE LA MOCIÓN DE CENSURA

El carpetazo a la denuncia de Podemos por parte de la Fiscalía del Supremo llega meses después de que PSOE y Ciudadanos presentasen una moción de censura para desalojar del poder al Partido Popular tras 26 años al frente de la Comunidad Autónoma. En un principio los números bastaban para lograr su objetivo, puesto que la suma de 23 escaños les otorgaba la mayoría absoluta para sacarla adelante.

El propio García Egea, diputado por Murcia, fue clave en las maniobras que derivaron en el acuerdo del PP con tres de los seis diputados de Ciudadanos en la Asamblea de Murcia: Isabel Franco, Francisco Álvarez y Valle Miguélez.

Así las cosas, y tan solo ocho días después de que ambos grupos registrasen la moción, la Asamblea Regional de Murcia reforzó a López Miras al frente del Ejecutivo tras quedarse la votación en 21 votos a favor de los 23 que se necesitaban para investir a la candidata de Ciudadanos, Ana Martínez Vidal, como nueva presidenta.