El grupo parlamentario socialista ha registrado este lunes una proposición no de ley, para su debate en la Comisión de Educación y Formación Profesional en el Congreso, sobre la bajada de ratios –una de las medidas más demandadas de la comunidad educativa– en determinados centros.
La iniciativa, insta al Gobierno a impulsar en el seno de la Conferencia Sectorial de Educación (en la que se reúne la ministra de Educación y FP con los consejeros autonómicos del ramo), un grupo de trabajo que analice la viabilidad, coste y beneficio de la bajada de ratio en las aulas de las escuelas de «alta complejidad social» y «con mayor índice de necesidad educativa como una medida a universalizar en el sistema educativo español tras el impacto de la pandemia».
Asimismo, la proposición pide al Ejecutivo acordar desde el Ministerio de Educación y FP y la Conferencia Sectorial de Educación los criterios e indicadores metodológicos armonizados para identificar dicha alta complejidad y vulnerabilidad social de los centros públicos y concertados en función de su entorno y de su composición social, donde se aplicaría tal medida de reducción de ratios.
También se pide acordar desde el Ministerio que dirige Pilar Alegría y la Conferencia Sectorial de Educación un Plan de Acompañamiento a los centros sostenidos con fondos públicos de alta complejidad y vulnerabilidad social, en cumplimiento de la LOMLOE.
En concreto, en cumplimiento del artículo 122.2, que dispone que «las administraciones educativas dotarán con mayores recursos y dotaciones a los centros públicos y concertados que atiendan alumnado con mayores necesidades».
También según lo que establecen los artículos 80, 80.1 y 81.2, que dicen que las administraciones desarrollen acciones y programas de compensación y potenciación en entornos vulnerables (art. 80), actuando de forma preventiva para favorecer su éxito escolar (art. 81.1) y que facilita que los municipios y las entidades sociales colaboren con las administraciones educativas desde un enfoque más comunitario y coordinado, tanto en el ámbito escolar como extraescolar (art. 81.2).