El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha ratificado la condena de 27 años de cárcel que la Audiencia Provincial impuso al autor del crimen machista de enero de 2019 en Laredo, el primero del año en España.
Así lo ha resuelto la Sala de lo Penal del TSJC en una sentencia que ha desestimado el recurso de la defensa contra el fallo de la Sección Primera de la AP, conforme al veredicto del jurado que enjuició los hechos.
El magistrado impuso al acusado 24 años por asesinato, por acabar con la vida de la joven que hasta entonces había sido su pareja, aplicando las agravantes de parentesco y de género, y 3 años más por amenazas a las compañeras de piso de la víctima que intentaron, en vano, frenar la agresión. Tuvo lugar en el madrugada del 3 de enero y el implicado asestó 29 puñaladas con dos cuchillos a su exnovia.
En la apelación, el abogado del condenado pedía que se rebajasen de 24 a 20 los años de prisión por el primer delito y de tres a uno los del segundo tipo delictivo, esto es, 21 en total, apreciándose para ello las atenuantes de confesión y entrega y, también, la de reparación del daño, que rechazó el juez.
Asimismo, esta parte se oponía a que su cliente -Tomás Maestre, de 24 años y natural de Ecuador- fuera expulsado de España tras cumplir tres cuartas partes de la condena o alcanzar el tercer grado penitenciario o la libertad condicional, como se acordó en la sentencia.
La Sala de lo Penal del TSJC ha rechazado los argumentos esgrimidos por la defensa, según la sentencia a la que ha tenido acceso esta agencia. Los magistrados se oponen a aplicar la atenuante de confesión del implicado al considerar que estaba perfectamente identificado como autor de los hechos por las dos testigos que los presenciaron, antes de que él se entregara en comisaría, poco después del crimen.
En cuanto a la reparación del daño, con 500 euros consignados justo antes de la celebración del juicio, los jueces consideran que se trata de una aportación pequeña comparada con el perjuicio causado a la familia de la víctima, que tenía una hija en su país. Y es que el procesado fue condenado a indemnizar con 120.000 euros a la pequeña, y con más de 72.000 euros a la madre de la fallecida.
Tras desestimar su recurso de apelación, el letrado defensor ha avanzado su intención de interponer uno de casación ante el Tribunal Supremo, ya que insiste en que se debieron apreciar las atenuantes analógica y de confesión.