El próximo 9 de mayo será una fecha clave en este 2021, ya que será el día en el que finalizará el último estado de alarma de nuestro país que se decretó en noviembre con una duración de seis meses. El Gobierno ya ha anunciado que por el momento no existe la intención de prorrogar de nuevo la medida, a pesar de que las cifras están aumentando de nuevo y de que el proceso de vacunación se está desarrollando más lento de lo esperado.
Aun así, la idea que ha transmitido el presidente del Ejecutivo, Pedro Sánchez, es que cuando deje de estar en vigor el Real Decreto 926/2020, del 25 de octubre, se levantarán muchas de las restricciones actuales, y las competencias en cuestiones sanitarias pasarían a ser competencia de cada Comunidad Autónoma, en el seno del Consejo Interterritorial de Salud, igual que ocurrió durante la ‘nueva normalidad’ recuperada durante los meses de verano de 2020, después del primer estado de alarma el 14 de marzo y sus repetidas prórrogas. ¿Pero qué supondrá la finalización de este periodo? ¿Qué podremos hacer y qué no?
1SEGUNDA ‘NUEVA NORMALIDAD’
El estado de alarma que figura en el Real Decreto 926/2020, del 25 de octubre, que establece cierres perimetrales, toques de queda, confinamientos nocturnos y restricciones de movilidad, quedaría pues sin vigor, por lo que a priori, los ciudadanos podremos recuperar la normalidad, siempre a expensas de posibles cambios, en función de cómo se vaya desarrollando la pandemia en el país. Así pues, de forma automática, el día 9 de mayo todas las normativas que constan en el documento, decaerán y se podrá restablecer la libre movilidad por toda la geografía, y la actividad nocturna y de ocio.