En los últimos días se ha vuelto a viralizar una información que tiene su origen en 2019 a raíz de una ampliación normativa: aquellos menores tutelados extranjeros no acompañados (MENAS) por la Generalitat que alcanzan la mayoría de edad pueden recibir una paga mensual de hasta 664 euros. Los usuarios identificados con los argumentos de la extrema derecha están utilizando la comparativa entre lo que cobra un autónomo por cese de actividad en su negocio a raíz del Covid y las medidas restrictivas (660 euros como máximo dentro de los mínimos), y lo que perciben los MENAS. Por supuesto, las reacciones desde perfiles ‘del ruido’ no se ha hecho esperar con argumentos clichés a favor o en contra según la granja de usuarios de la que provengan.
LAS AYUDAS A LOS AUTÓNOMOS
Desde que se estableció el Estado de Alarma, en el que recordamos, modificado, pero sigue en vigor, también se orquestó la normativa que permitiera a los autónomos que tuvieron que cerrar o que vieron sus ingresos cercenados. Así, se estableció la prestación por cese de actividad extraordinaria. Según esta, cada profesional autónomo que se vea forzado a parar su negocio, podrá recibir del Estado el 50% del mínimo de cotización que le corresponda. Puede sumar un 20% a mayores siempre y cuando sean familia numerosa y los del autónomo sea el único ingreso familiar.
Si en dicho núcleo familiar hay más autónomos que pueden optar a la prestación, estos cobrarán cada uno únicamente el 40% sobre el mínimo. Que no llegaría ni a lo que cobran los MENAS, según la ‘narrativa’ de los que utilizan esta comparativa.
Por supuesto, estos son los ingresos netos que recibe, no se considera aquí la cuota de autónomos -que puede o no verse reducida-, los gastos fijos del negocio (luz, local, etcétera), y los gastos mensuales familiares.
LAS PRESTACIONES A LOS MENAS DE LOS QUE EL TUIT HABLA
¿Realmente todos los MENAS reciben este importe de 664 euros? Lo cierto es que la prestación que se utiliza en Twitter para generar debate no es nueva ni fue promovida por los gobiernos actuales. En realidad, está vigente desde 2007 en Cataluña. La Llei 13/2006 de Prestacions Socials y Decret 123/2007 establece que cualquier ex tutelado de la Generalitat que alcanza la mayoría de edad puede recibir la prestación con la exigencia de cumplir una serie de requisitos.
Los ex MENAS (puesto que serían ya mayores de edad) también han de cumplir estos requisitos, igual que para aquellos que acceden al IMV. Además de la formación, que será condición limitativa sólo en algunos casos, tendrá que aceptar un Plan de Trabajo Individualizado. Algo así como un plan de inserción laboral.
En los últimos años han sido varias las actualizaciones normativas que ha sufrido la ley catalana original. Así, en 2014 se amplió para que accedieran los jóvenes que se encuentran tutelados en el momento de llegar a la mayoría de edad, sean o no MENAS.
En 2019, el Parlament catalán aprobó que se ampliara a los 23 años el tope de edad en la que recibirán la ayuda los MENAS y cualquier menor tutelado de la Generalitat que alcanza la mayoría de edad. A día de hoy, ¿benefician más a los españoles o a los migrantes?
Según el informe de estadística mensual de abril de 2020 de la Consejería de Trabajo catalana, el número de menores extranjeros no acompañados (MENAS) que recibieron esta prestación fueron 3.601, un 37% del total.
LOS MENAS NO RECIBEN SUBSIDIO
¿Cobran los MENAS algún tipo de prestación o paga durante su estancia en los centros tutelados? ¿Ocurre igual con los menores tutelados españoles, o migrantes de otras procedencias? LA respuesta a la primera cuestión: no; a la segunda, sí.
Según la Generalitat, los menores tutelados no reciben ningún tipo de paga más allá de lo que reciben como ‘propina’ semanal que depende tanto del centro como del comportamiento del menor. El resto de necesidades, incluida escolarización y manutención, están cubiertas por el Estado.
Ahora bien, cuando cumplen la mayoría de edad, el menor extranjero no acompañado ve con los trabajadores sociales la opción de solicitar las ayudas para jóvenes extutelados (MENAS o no). El ingreso que reciben se denomina Indicador de Renta de Suficiencia de Catalunya, y tiene como objetivo ayudar a su formación para el empleo o conseguir una formación superior.