viernes, 13 diciembre 2024

Médicos de Familia rechazan que se pueda fumar en las terrazas de hostelería

La Sociedad Española de Medicina de Familia y Comunitaria (semFYC) ha manifestado su «preocupación» por el riesgo que supone para la trasmisión del virus el permitir fumar y vapear en las terrazas de la hostelería.

«Existe evidencia consistente sobre la transmisión del SARS-CoV-2 por medio de aerosoles como forma predominante de contagio. Los aerosoles se producen al respirar y al hablar, siendo la carga mucho mayor cuando se realizan actividades en las cuales se exhala el aire con más fuerza, como cantar, gritar o fumar. Y esto último es aplicable al vapeo y a otras nuevas formas de consumo de tabaco», explican a través de un posicionamiento.

Así, aunque apuntan que «la mayor carga de evidencia de contagios se produce en sitios cerrados», indican que «no puede asegurarse que esta transmisión no se realice también en espacios abiertos, con las consecuencias que ello conlleva, principalmente para ciertos grupos de población especialmente vulnerable, como ancianos, enfermos o embarazadas».

«Cuando se permite fumar o utilizar otros dispositivos susceptibles de liberar nicotina en una terraza, se pone en riesgo a las personas que se encuentran en ella, así como al propio fumador que, durante varios minutos, permanece expuesto a los aerosoles de otros sin mascarilla», insisten.

De la misma forma, argumentan también que, durante el consumo de tabaco o cigarrillos electrónicos, «a la ausencia de mascarilla se suma el gesto reiterado de llevarse la mano a la boca (un fumador de una cajetilla de cigarrillos lo hace más de 300 veces al día)». «Y en el caso de las cachimbas, se añade el riesgo de transmisión del virus derivado de su uso compartido», agregan.

Por último, resaltan que actualmente existe un incumplimiento generalizado de la normativa vigente sobre las terrazas de la hostelería. «Es una constante que se fume en terrazas semicerradas que no se ajustan a la norma impuesta por la Ley 28/2005 en su artículo 2.2, y donde las concentraciones de partículas de aerosoles pueden llegar a niveles similares a las de un espacio cerrado», lamentan.

«Por todo lo expuesto, la semFYC se posiciona a favor de una hostelería sin humo, incluyendo terrazas y zonas compartidas de cualquier naturaleza dentro de ese sector, y recuerda que el derecho a la salud está recogido en todas las Cartas fundamentales y en la Constitución, como un derecho fundamental, no siendo así el derecho a fumar. Baleares, Canarias, Aragón, Comunidad Valenciana y Asturias ya han adoptado esta medida al amparo del estado de alarma. Sin embargo, la vía más segura para alcanzar esta protección es una ampliación de las leyes reguladoras a nivel estatal, que iguale la normativa en todo el territorio y no se limite al estado de alarma, sino que se establezca de forma definitiva, puesto que no es previsible la completa erradicación del SARS-CoV-2», concluyen.