La Guardia Civil, en el marco de la «Operación Sorbe», ha detenido a cuatro personas como presuntos autores de un delito contra la salud pública por cultivo de marihuana. Los agentes de la Benemérita han desmantelado una plantación con 4.600 plantas de marihuana en distintas fases de crecimiento que se encontraban localizadas en el Parque Natural de la Sierra de Norte de Guadalajara.
La operación, que ha hecho posible la detención de cuatro individuos en el término municipal de Semillas (Guadalajara), ha sido llevada a cabo tras las investigaciones realizadas por los agentes. Estos pudieron descubrir y, posteriormente, desmantelar la plantación de marihuana que se encontraba ubicada en la ribera del Río Sorbe a su paso por el Parque Natural de la Sierra Norte. Concretamente, se ubicaba en un terreno escarpado y cuyo acceso era complicado.
La plantación era vigilada y atendida las 24 horas por los detenidos, quienes pernoctaban en el lugar en tiendas de campaña. De esta manera, podían mantener bajo control su plantación y así protegerse de posibles robos por parte de terceras personas.
La plantación estaba dotada de un sistema de riego mediante mangueras que extraían agua del río para conducirla hasta unos bidones, los que facilitaban el riego de las plantas. Además, también estaba provista de una estructura que permitía cubrir la plantación con lonas para así tapar la marihuana cuando las condiciones meteorológicas eran adversas.
UNO DE LOS DETENIDOS SE DIO A LA FUGA
En el momento en el que los agentes de la Guardia Civil iniciaron las detenciones, uno de los arrestados, al percatarse de la presencia policial, se dio a la fuga. Este fue localizado por un helicóptero de la Guardia Civil que formaba parte del operativo, en un terreno muy abrupto en plena sierra. Ante la imposibilidad de que el helicóptero pudiese tomar tierra en el lugar, el piloto realizó una maniobra de aproximación. Esta permitió al copiloto y a otro agente saltar del helicóptero, para posteriormente reducir y detener al huido en Guadalajara.
Las diligencias instruidas fueron entregadas junto a los detenidos al Juzgado de Instrucción de Sigüenza. La titular del mismo decretó el ingreso en prisión de los cuatro individuos, con edades de entre 26 y 35 años y de nacionalidad albanesa.
En la operación han trabajado de forma conjunta agentes del Servicio de Seguridad Ciudadana, Policía Judicial, USECIC de la Guardia Civil de Guadalajara y del Servicio Aéreo y del Servicio Cinológico de la Guardia Civil.
DETENIDO EN ELCHE UN HOMBRE CON MÁS DE 600 PLANTAS DE MARIHUANA EN SU DOMICILIO
Asimismo, el caso de Guadalajara no es el único. Este mismo sábado, agentes de la Policía Nacional han detenido en Elche (Alicante) a un hombre de 31 años por poseer más de 600 plantas de marihuana. Estas formaban parte de un cultivo «indoor» que estaba perfectamente establecido en el interior de su domicilio.
Los efectivos del Grupo de Policía Judicial adscritos a la Comisaría de Elche, a través de varias pesquisas, tuvieron conocimiento de que un hombre podía estar cultivando marihuana en el interior de una casa de campo situada cerca de la ciudad. Esto hizo que los agentes iniciasen las investigaciones.
Los agentes se encargaron de recoger más pruebas para la identificación de la personas que presuntamente estaba cultivando la droga. En ellas pudieron ver cómo el consumo de energía del hogar era considerado «desorbitado en comparación con el uso habitual de una vivienda».
Las posteriores vigilancias corroboraron las sospechas de los agentes, que también observaron un comportamiento extraño en el propietario del domicilio. Este extremaba las medidas de seguridad tanto al entrar como al salir de la vivienda. Además, en algunas ocasiones accedía a la misma con lo que parecían ser productos de cultivo. Estos podrían estar destinados a la instalación y mantenimiento de marihuana en el interior.
Cuando se obtuvieron las pertinentes pruebas, los agentes especialistas en el caso procedieron a la detención del hombre. A este se le acusa de un presunto delito contra la salud pública.
Al realizar el registro de la vivienda se pudo comprobar que el interior del domicilio se hallaban más de 600 plantas de marihuana. Estas se mantenían con un sofisticado sistema de luces para su crecimiento. Además, también se intervinieron numerosos materiales para su floración y crecimiento.
LA REGULACIÓN DEL CANNABIS EN ESPAÑA
En España el cultivo de drogas o estupefacientes es una de las acciones que se encuentran mencionadas en al artículo 368 del Código Penal. Este tipifica el delito contra la salud pública y define las conductas que engloba este tipo penal.
En el mismo se recoge que serán castigados con penas de prisión y multas a quienes ejecuten actos de cultivo, elaboración o tráfico, o bien promuevan, favorezcan o faciliten el consumo ilegal de drogas. En concreto, las penas de prisión van de tres a seis años. Por su parte, la multa es del tanto al triplo del valor de la droga objeto del delito, es decir, desde el valor de la droga hasta tres veces esa cantidad. Esto se aplica en aquellas sustancias o productos que puedan causar un daño grave en la salud. En los demás casos la prisión es de uno a tres años y la multa del tanto al duplo.
En el caso de la marihuana, al ser una sustancia que se considera que no causa un grave daño a la salud, se aplica el segundo caso. Es decir, una pena de prisión de entre uno y tres años y una multa del tanto al duplo del valor de la droga incautada. No obstante, en aquellos casos de notoria importancia, las penas podrían ascender a entre tres y cuatro años de prisión. También a multas del tanto al cuádruplo, es decir, cuatro veces el valor de la droga.
EL CONSUMO PERSONAL O COMPARTIDO
Cuando el objetivo del cultivo es el propio consumo personal o compartido es una conducta atípica del ordenamiento jurídico. Esto hace que no tenga relevancia penal. Sobre ello hay diferentes interpretaciones en la jurisprudencia. De hecho, ha habido sentencias condenatorias por 500 gramos y otras absolutorias de hasta 14 kilogramos en unas circunstancias similares.
Por otro lado, también existen las Asociaciones Cannábicas que se encargan de dispensar cannabis entre sus socios. Existen dudas sobre la legalidad de esta practica y la Sentencia del Tribunal Supremo nº 484/2015 establece unas condiciones más restrictivas de las que se utilizaban hasta entonces.
Entre estas se encuentra el reducido número de personas que se agrupan, y el carácter cerrado del grupo. También que el cannabis se destine al consumo individual y tenga lugar dentro de la sede de la asociación. Además, nadie de la asociación debe redistribuir o comercializar la marihuana por su cuenta. Tampoco se puede realizar publicidad ni ostentación.