La Sala de lo Militar del Tribunal Supremo ha condenado al teniente del Ejército del Aire Fernando Corona a cuatro años y medio de cárcel y a pagar una indemnización de más de 100.000 euros a una soldado por dos delitos de abuso de autoridad, uno en su modalidad de trato degradante y otro en la de realizar actos de abuso sexual, de los que fue víctima durante más de un año cuando estaba a su cargo.
Los hechos, según relata el TS acogiendo la versión fijada en la sentencia recurrida, que dictó el pasado 10 de febrero el Tribunal Militar Territorial Primero, tuvieron lugar durante un periodo comprendido entre octubre de 2014 y marzo de 2016 cuando el entonces subteniente y la víctima estaban destinados en la Escuela Militar de Paracaidismo ‘Méndez Parada’, en Alcantarilla (Murcia).
De acuerdo con este relato, Corona aprovechaba los momentos en los que estaban solos en el despacho de la Secretaría de la Jefatura de Estudios de la Escuela Militar para dirigirla frases como «mira cómo me pones» o «te gustaría comérmela»; protagonizar actos de un «marcado carácter sexual», como tocarse el pene o masturbarse, delante de ella; e incluso alguna vez la «tocó exteriormente en los genitales». Además, le propuso reiteradamente mantener relaciones sexuales, «con veladas amenazas en caso de no acceder a ello».
En concreto, la sentencia recurrida y que cita el TS se refiere a un episodio ocurrido en enero de 2016, cuando «con ocasión de un trayecto desde la Base de Alcantarilla al Hospital Militar de Cartagena, en un vehículo que conduce la soldado (…) este suboficial, que ocupa el asiento de copiloto, se masturba en presencia de ella, y en el trayecto de vuelta, le propone ir a una vivienda en Los Alcázares para mantener relaciones sexuales», algo a lo que ella se niega acelerando la velocidad para volver cuanto antes a la base.
«Ante la comentada situación y la falta de respuesta por parte del mando», finalmente la soldado, «aprovechando una ocasión en la que se encuentran solos en la oficina», le hace una fotografía mientras se masturbaba delante de ella y se la enseña al comandante, que decide activar el protocolo por acoso sexual.
ABUSO DE AUTORIDAD
Por todo ello, el alto tribunal ha condenado a Corona a tres años y un día de cárcel por un delito de abuso de autoridad en su modalidad de tratar a un subordinado de manera degradante, inhumana o humillante, en concurso ideal heterogéneo con un delito de lesiones psíquicas en el que se subsume otro delito de abuso de autoridad en la modalidad de acoso sexual. Al quedar subsumido, el Supremo ha absuelto al ahora teniente, ya en la reserva, del delito consumado de abuso de autoridad en la modalidad de acoso sexual.
Le ha condenado también a un año y seis meses de prisión por un segundo delito de abuso de autoridad en su modalidad de realizar sobre un subordinado actos de abuso sexual, en concurso ideal heterogéneo con un delito de abuso sexual sin acceso carnal.
En ambos casos, ha dictado las penas accesorias de pérdida de empleo, suspensión de empleo o cargo público e inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo que dure la condena.
Además, una vez cumplida la pena de cárcel, el TS le ha impuesto cinco años de libertad vigilada y le ha prohibido comunicarse con la víctima, acercarse a ella a una distancia inferior a 500 metros, acudir a los lugares a los que habitualmente vaya ella y residir donde lo haga ésta.
La Sala de lo Militar también le ha ordenado indemnizarla con un total de 106.754,66 euros: 50.000 por perjuicio moral; 38.131,20 en concepto de responsabilidad civil; y 18.623,46 por las secuelas. En caso de que no lo haga, ha señalado al Estado como responsable civil subsidiario.
ACTUACIÓN «EXECRABLE»
Para dictar esta condena, el TS ha tenido en cuenta, por un lado, «el largo tiempo durante el cual el procesado sometió a la víctima a sus degradantes, inhumanas, humillantes, lúbricas y abyectas actividades, cuyos móviles inspiradores solo pueden calificarse de execrables, agravando así la inmanente reprochabilidad y gravedad de su conducta».
Ha valorado asimismo «la notable diferencia de grado militar que lo separaba de la víctima, que dio lugar a que se prevaliera de esa situación de notoria superioridad jerárquica en que se hallaba respecto a ésta para ejecutar sus degradantes, inhumanas, humillantes y libidinosas actuaciones».
Igualmente, ha tenido en cuenta «el lugar, de carácter militar, en que se llevaron a cabo algunos de tales actos», aunque al mismo tiempo ha subrayado «la falta de trascendencia en su relación con el servicio que tuvieron los hechos».
El comportamiento de Corona dio lugar, primero, a que la soldado necesitara una baja médica por un «trastorno de ansiedad» con «somatizaciones», como «problemas gastrointestinales», que luego se caracteriza como un «estrés post-traumático» que con el tiempo se «cronifica», siendo necesario un tratamiento psiquiátrico, psicológico y farmacológico. La víctima estuvo 720 días de baja médica hasta su restablecimiento.