Cinco ciclistas han resultado heridos después de que fuesen arrollados por una furgoneta en Bétera (Valencia). Según ha informado el Centro de Información y Coordinación de Emergencias (CICU) este incidente tuvo lugar a las 11,25 h de la mañana en Camí de Llíria. Concretamente se produjo en una curva cercana al hospital psiquiátrico del municipio, una zona de la calzada en la que esta es estrecha y con poca visibilidad.
Los ciclistas atropellados, todos de ellos hombres, fueron arrollados por una furgoneta. Según fuentes de la investigación, el impacto se produjo de manera fortuita.
El autor del atropello colaboró en todo momento con los agentes desplazados al lugar. Fue sometido a las correspondientes pruebas de alcoholemia y drogas, con resultado negativo. En el caso de las víctimas, también fueron objeto de estas pruebas, con idéntico resultado.
En el lugar del accidente se pudo encontrar la marca de un fuerte frenazo y por ello, la investigación se encuentra estudiando si la causa del accidente es una velocidad excesiva por parte del conductor. No obstante, también se contempla que pudiese deberse a una maniobra para evitar el impacto tras verse sorprendido por los ciclistas. El hombre se fue junto a la Guardia Civil para prestar declaración y llevar a cabo la reconstrucción de los hechos.
UNO DE LOS ATROPELLADOS SALIÓ DESPEDIDO
En el accidente se vieron involucrados un total de cinco ciclistas, que circulaban en pelotón. Tres de los atropellados fueron trasladados al hospital. Estos fueron un hombre de 67 años, otro de 77 años, que fueron trasladados al Hospital La Fe con policontusiones y politraumatismo, ambos con pronóstico reservado. El tercero, de 65 años, fue llevado al Hospital Clínico con politraumatismo. El resto pudo evitar daños mayores y solo presentan quemaduras leves originadas por la caída.
Uno de los afectados salió despedido por la parte posterior de la furgoneta tras impactar con la luna delantera del vehículo. Este es el que se encuentra en un peor estado dada la alta gravedad del impacto y la posterior caída.
Hasta el lugar del accidente se movilizó una unidad del SAMU y otra del Soporte Vital Básico (SVB), las cuales se encargaron de proporcionar asistencia a las víctimas del accidente.
QUÉ DICE LA NORMATIVA SOBRE LA CIRCULACIÓN EN BICICLETA
La presencia de ciclistas en las carreteras continúa creciendo año a año. Son cada vez más las personas que recurren a este método de transporte para desplazarse, ya sea por motivos personales o de ocio.
Una polémica siempre presente con respecto a estos es la manera en la que circulan, existiendo una gran cantidad de dudas y falsas creencias acerca de su formación, especialmente cuando se encuentran circulando en grupo.
La Dirección General de Tráfico (DGT) mantiene su apuesta por la concienciación de ciclistas y conductores, con recursos como la Guía del Ciclista, en la que informa, entre otros, de las normas básicas de circulación.
A pesar de las constantes campañas llevadas a cabo por los organismos oficiales, aún se continúan cometiendo grandes imprudencias por ambas partes. Esto no hace más que provocar que los atropellos sigan estando a la orden del día.
PUEDEN CIRCULAR EN GRUPO, NO EN PELOTÓN
La última ley de seguridad vial establece que los ciclistas pueden circular en grupo, no en pelotón. No tienen la necesidad de dejar entre una bicicleta y otra espacio suficiente de seguridad para evitar colisiones en el caso de que se produzca una frenada brusca.
No obstante, se establece que, siempre que circulen en grupo, deben extremar las precauciones para evitar posibles alcances entre los ciclistas. Además, pueden circular en paralelo, en columna de un máximo de a dos, siempre a la derecha de la vía.
Los ciclistas deben colocarse de uno en uno en tramos sin visibilidad o cuando las circunstancias de la vía o la peligrosidad del tráfico así lo exijan.
En cuanto a las zonas de circulación para ciclistas, se diferencia entre ciudad y carretera. En las ciudades pueden circular por el carril bici o la calzada. Solo pueden circular por la acera en aquellas zonas en las que esté específicamente señalizado. En caso contrario, deberán bajarse de la bicicleta y actuar como un peatón.
En este sentido, algunos Ayuntamientos han permitido que las bicicletas puedan circular por las aceras. Sin embargo, las asociaciones de conductores advierten de que estas ordenanzas contradicen la Ley y están siendo anuladas por los Tribunales.
En el caso de circular por carreteras interurbanas, deben hacerlo por el arcén. Si no es transitable, se debe utilizar la parte de la calzada que sea imprescindible. En autovías solo pueden circular por el arcén siempre que sean mayores de 14 años y no haya señalización que lo prohíba.
EL CICLISTA, A UN MÁXIMO DE 45 KM/H
Un ciclista puede circular a un máximo de 45 kilómetros por hora, debiendo respetar siempre la velocidad máxima establecida en la vía. De esta manera, en vías limitadas a 30 km/h, no podrá rebasar esa velocidad.
Además, pueden circular a una velocidad por debajo del límite mínimo establecido. Así pues, no tienen que respetar la norma para conductores de otro tipo de vehículos que exige circular a una velocidad superior al 50% de lo señalizado.
Aunque se le pueda multar por un exceso de velocidad o por cualquier otro motivo, un ciclista no pierde puntos de carnet. Esto con independencia de que posea o no licencia para conducir otro vehículo. Esto se debe a que no se requiere permiso de conducción para ellas. Sin embargo, en caso de incumplimiento de las normas, recibirán las mismas sanciones.
DEBE CUMPLIR CON TODAS LAS NORMAS DE CIRCULACIÓN
Un ciclista está subido a un vehículo. Por ello debe cumplir con todas las normas de circulación, al igual que si estuviese al volante de un vehículo. Se deben respetar todas las señales de tráfico y todas las normas para los vehículos.
Por esta razón, no pueden saltarse un semáforo, una práctica muy habitual. Tampoco pueden utilizar el dispositivo móvil ni conducir bajo los efectos de las drogas o el alcohol. De hecho, un ciclista tiene la obligación de someterse a pruebas de alcoholemia y drogas cuando así le sea requerido en un control, por haber cometido una infracción o por ser una parte implicada en un accidente de tráfico.
Asimismo, existe la obligatoriedad de utilizar casco en vías interurbanas. En las urbanas solo es obligatorio para menos de 16 años. Tanto en carretera como en las vías urbanas es necesario el uso de luz delantera y un reflectante trasero. También se debe utilizar una prenda reflectante cuando se circule de noche o en condiciones de baja luminosidad.
DISTANCIA DE SEGURIDAD
Cuando el conductor de un automóvil pretende adelantar a un ciclista o un grupo de ciclistas está obligado a ocupar parte o la totalidad del carril contiguo o contrario, aunque la línea sea continua. Además, debe mantener una distancia de seguridad de 1,5 metros, como mínimo.
Está prohibido adelantar a los ciclistas cuando la maniobra pueda poner en riesgo o entorpecer la marcha de estos. Tanto si circulan en el mismo sentido como en el contrario.
También hay que tener en cuenta que los ciclistas tienen prioridad de paso con respecto al resto de vehículos. Esto ocurre cuando circulan en grupo y el primero de ellos ya ha entrado en una glorieta o iniciado un cruce. Al circular en grupo se considera que son una única unidad móvil a efectos de prioridad de paso.