Inmuebles y patrimonio artístico pueden suponer una importante fuente de ingresos a la Iglesia, pendiente ahora de la lista de inmatriculaciones. La Iglesia católica española tiene varios frentes económicos abiertos con el Gobierno, entre el que se encuentra la inscripción de bienes inmuebles en los registros de la propiedad. El Ejecutivo cuenta ya con una lista con los bienes inmatriculados, es decir, que fueron inscritos a nombre de la Iglesia simplemente con la declaración del obispo de que el bien es efectivamente suyo.
La propiedad final de los inmuebles, muchos de ellos monumentales, tiene una fuerte repercusión económica, además de la meramente simbólica. Las actividades económicas que se realizan, tal como, por ejemplo, el cobro de entradas o los alquileres, podrían tener un sentido muy diferente si quien las cobra no es el dueño del lugar.
Pero es que, además, la Iglesia se juega si puede sacar rendimiento económico al extensísimo patrimonio que ya no usa, como el de cientos de parroquias que ya no se dedican al culto por los cambios sociales o demográficos. Ahí se podría abrir otro asunto complicado, como es si se podría utilizar para un beneficio económico bienes donados a la Iglesia con otra finalidad.
El caso de los bienes inmuebles es el más conocido ya que la han puesto de actualidad las actuaciones de asociaciones contrarias a las inmatriculaciones. Sin embargo, la Iglesia tiene también otras riquezas, como son los bienes artísticos, a los que, en principio, no puede sacar rendimiento económico mediante su venta. Tanto inmuebles como obras de arte podrían mejorar las finanzas de las diócesis.
Se trata de una situación muy poco conocida, pero con una transcendencia económica enorme. La ley de presupuestos generales del Estado incluye en algunos ejercicios una prórroga curiosa. Según esta, la Iglesia no puede vender sus obras de arte mientras el Estado no finalice un inventario de todos estos bienes. Según la ley del Patrimonio Histórico Español, la Iglesia no puede vender los bienes que estén en el inventario general del Patrimonio Histórico o sean Bienes de Interés Cultural (BIC). Y así lleva más de treinta años.
Según esta lógica, cuando se hubieran acabado los trabajos, la Iglesia tendría libertad para vender todo aquello que no estuviera en ninguno de esos dos casos. En cualquier caso, los trabajos de inventariado llevan un retraso tal que no permitiría que esto suceda en muchos lustros, según los datos de los expertos que realizan estos trabajos.
INMATRICULACIONES DE INMUEBLES DE LA IGLESIA
En lo referido a los inmuebles, en cualquier caso, la inscripción de bienes mediante la certificación del obispo no ha sido igual en todas las diócesis. Según los expertos episcopales, las hay que han realizado un trabajo sistemático, mientras que otras han preferido no entrar, confiadas en que nadie les va a discutir la propiedad o al menos el uso de templos y otros inmuebles. La inscripción por este método la pueden realizar la Iglesia y las órdenes religiosas históricas, pero no otras instituciones
El Gobierno de Pedro Sánchez tiene en reserva la posibilidad de abordar tanto este asunto como el del pago del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) de las propiedades eclesiásticas, tal como abordó la vicepresidenta Carmen Calvo en su reunión con el secretario de Estado del Vaticano, Pietro Parolin, el pasado otoño.
Aquella reunión se produjo bajo la presión de los acontecimientos relacionados con la exhumación de los restos del dictador Francisco Franco del Valle de los Caídos y el papel de la Iglesia en el asunto. El Gobierno buscaba el apoyo del Vaticano y del episcopado español para que no hubiera problemas en la exhumación, problemas que sí que puso el prior de la abadía del Valle de los Caídos, que se oponía a la misma. También quería el Gobierno la colaboración de la Iglesia para evitar que los restos no acabaran después en la catedral de la Almudena, según la voluntad que expresó la familia del dictador.
El asunto de la inmatriculación de los bienes en el registro de la propiedad se encuentra en un impasse ya que el Gobierno cuenta ya con la relación de bienes inscritos en los últimos años por este procedimiento. Sin embargo, falta por realizar un estudio jurídico sobre la situación de los mismos. El Gobierno se plantea que en algunos casos pueden tratarse de bienes de dominio público. Por lo tanto, no podrían estar inscritos a nombre de la Iglesia, ya que los bienes públicos son inalienables, imprescriptibles e inembargables.
El Gobierno de Mariano Rajoy ya decidió terminar con la posibilidad legal de realizar este tipo de inscripciones tras dar un año más a la Iglesia para realizarla. Esta forma de inscribir había quedado expedita con un cambio en la ley hipotecaria en 1998, con el Gobierno del PP de José María Aznar. Ese cambio aclaró una situación en la que la ley hipotecaria sí lo permitía, pero el reglamento no.