El Consejo de Ministros ha aprobado este martes la modificación del Consejo Superior del Ejército de Tierra para simplificar la composición de los vocales natos de modo que desaparezca para su designación el criterio del cargo ocupado en la organización básica del Ejército de Tierra, quedando únicamente el del empleo militar ostentado (teniente general en activo).
En concreto, se ha dado luz verde a una modificación un Real Decreto que modifica el Real Decreto 47/2004, de 19 de enero, por el que se establece la composición y competencias de los Consejos Superiores del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire y de las Juntas Superiores de los Cuerpos Comunes de las Fuerzas Armadas.
Se trata de una modificación puntual que actualiza y simplifica la composición de los vocales natos del Consejo Superior del Ejército de Tierra, que es un órgano colegiado, asesor y consultivo de la persona titular del Ministerio de Defensa.
De este modo, desaparece para su designación el criterio del cargo ocupado en la organización básica del Ejército de Tierra, quedando únicamente el del empleo militar ostentado (teniente general en activo).
Con ello, se evita que la norma deba ser modificada para su actualización cada vez que se produzca un cambio en la organización básica del Ejército de Tierra, garantizándose de una forma más efectiva el normal desempeño de las competencias asignadas al Consejo Superior.