jueves, 12 diciembre 2024

Un juzgado de Cáceres confirma la primera sanción a un hombre por saltarse el confinamiento

El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Cáceres ha confirmado la primera sanción, de 601 euros, recurrida en los tribunales extremeños por saltarse el confinamiento durante el estado de alarma declarado el pasado mes de marzo.

Los hechos ocurrieron en la medianoche del pasado 16 de marzo, cuando agentes de la Guardia Civil identificaron al denunciado en la carretera N-110 de la localidad de Cabezuela del Valle, quien al ser preguntado por los agentes, explicó que venía de casa de su novia y se dirigía a la suya.

Por este motivo, este hombre fue sancionado por incumplir la prohibición establecida en el artículo 7 del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la Covid-19.

La sanción, impuesta por la Delegación del Gobierno en Extremadura, es de un importe de 601 euros, reducida al 50 por ciento por pago voluntario, pero el denunciante la recurrió al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, según relata el TSJEx en nota de prensa.

En su recurso, el sancionado alegaba que el acto es nulo de pleno derecho, incompetencia del órgano sancionador, que los hechos no son constitutivos de infracción administrativa y vulneración del principio de seguridad jurídica.

Ahora, este recurso ha sido desestimado en su totalidad por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 2 de Cáceres, en una sentencia que señala en sus fundamentos jurídicos que el 16 de marzo ya había entrado en vigor el estado de alarma y que el motivo de su circulación por la vía no se encontraba entre las actividades permitidas.

Por este motivo, se desestima el recurso y se condena al demandante al pago de la costas en esta sentencia, que confirma la sanción para este hombre, y señala que contra esta resolución no cabe recurso.