Cruz Roja Española, la Confederación Española de Personas con Discapacidad Física y Orgánica (COCEMFE) y Cáritas Española son las tres organizaciones de acción social que más fondos recibirán con cargo al 0,7% del Impuesto de Sociedades, que se reparte por primera vez. Entre las tres suman 4,8 millones de euros, casi una quinta parte del total de 26,4 millones aprobados por el Gobierno para repartir entre unas 300 entidades del Tercer Sector de Acción Social.
En concreto, Cruz Roja Española es la ONG que más fondos recibe (2,9 millones de euros), seguida por la COCEMFE, con 1,1 millones, y Cáritas Española, con 811.977 euros. Así se desprende del Real Decreto-ley por el que se adoptan medidas urgentes de apoyo a entidades del Tercer Sector de Acción Social de ámbito estatal recogido por Europa Pres y publicado este miércoles en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Estas subvenciones son con cargo al 0,7% de la cuota íntegra del Impuesto sobre Sociedades, la X solidaria de las empresas, que se puso en marcha por primera vez el año pasado, y recaudó 34 millones de euros. De ellos, el 78% (los 26,4 millones) corresponde repartirlos a la Vicepresidencia de Derechos Sociales; el 19% lo reparte cooperación internacional y un 3%, transición ecológica.
Con estos 26,4 millones, el Gobierno quiere dotar de «liquidez inmediata» al Tercer Sector de Acción Social de forma que pueda seguir desarrollando su «imprescindible» labor, tras verse afectado por la crisis del coronavirus.
Todo ello, según precisa el Real Decreto, sin perjuicio de la necesaria reforma del marco de financiación y funcionamiento del Tercer Sector de Acción Social, que será abordada en el año 2021.
El Gobierno advierte de que es «previsible» que «se acentúen paulatinamente otras necesidades de carácter socioeconómico del conjunto de la sociedad y, muy especialmente, de los grupos de población más vulnerables» como consecuencia de la pandemia.
En este contexto, destaca que «la acción de las entidades del Tercer Sector de Acción Social constituye un apoyo fundamental» y reconoce el «esfuerzo sin precedentes» que han hecho durante la pandemia con un «rápido despliegue de medios».
En este sentido, añade que la «reorientación de los recursos del Tercer Sector de Acción Social a afrontar la situación de emergencia sanitaria ha debilitado considerablemente tanto la capacidad de actuación como las propias estructuras centrales de las principales entidades».
Por otra parte, el Gobierno precisa que «el tejido asociativo vinculado al Tercer Sector de Acción Social viene sufriendo una serie de tensiones sin precedentes que pone en peligro la propia supervivencia de muchas entidades».
Ante esta situación, el Gobierno quiere, con este Real Decreto, alcanzar tres objetivos de forma urgente como primer paso para, con posterioridad, abordar las reformas necesarias para dotar de un nuevo marco de actuación a las entidades del Tercer Sector de Acción Social, a través del desarrollo reglamentario de la Ley del Tercer Sector de Acción Social.
El primer objetivo consiste en «abordar con rapidez la necesidad de liquidez inmediata» de las entidades para «asegurar su supervivencia inmediata«. Para ello, el Real Decreto garantiza a las entidades beneficiarias la percepción de estas subvenciones instituyendo el deber legal de la Administración General del Estado de proceder «sin demora» al otorgamiento de las mismas.
El segundo objetivo es garantizar en todo momento la percepción de estas subvenciones por parte de las entidades beneficiarias «independientemente de los sucesos que en los próximos meses pudieran obstaculizar, ralentizar o incluso impedir la realización de todos los trámites que la legislación contempla para la percepción de estas subvenciones».
En tercer lugar, se modifica la redacción del artículo 2 del Real Decreto de medidas urgentes de naturaleza tributaria, presupuestaria y de fomento de la investigación, el desarrollo y la innovación, para que el fomento y modernización del Tercer Sector de Acción Social sea uno más de los ejes de las actividades de interés general consideradas de interés social y que, por tanto, deba ser tenido en cuenta en la determinación de las bases reguladoras de las ayudas con cargo al IRPF.