La Junta propone «intensificar» y «endurecer» las medidas para reducir los efectos de la pandemia ante la confirmación de que la Comunidad se encuentra, de nuevo, en el nivel de transmisión comunitaria, al tiempo que ha pedido al Gobierno que el toque de queda, que tiene el respaldo de la Junta debe definirse «cuanto antes».
Para ello, señala a través de un comunicado que tomará como referencia el documento aprobado hoy en el seno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS) en el que se establecen diferentes actuaciones para dar una respuesta coordinada a distintos niveles de alerta, mediante un proceso de evaluación del riesgo con base en un conjunto de indicadores epidemiológicos, de capacidad asistencial y de salud pública.
Este endurecimiento de las medidas, aclara, se propone ante la posibilidad «cierta» de que la situación empeore en las próximas semanas, con la llegada del frío, lo que supondrá el aumento de los ingresos hospitalarios y de las consultas en los centros de salud, con el consiguiente riesgo de que el sistema pueda colapsar.
Por ello, la consejera de Sanidad, Verónica Casado, ha insistido en que hay que tomar decisiones «urgentes» tanto en el ámbito sanitario -reorganización y refuerzo- como en el no sanitario, que es donde se dirige el documento hoy aprobado en el CISNS. «Hasta el 11 de octubre conseguíamos tener una curva aplanada, pero a partir de ese día se ha iniciado un estallido de casos que nos ha llevado a la transmisión comunitaria», ha explicado Casado.
La titular de Sanidad ha asegurado que la medida más efectiva desde el inicio de la pandemia ha sido el confinamiento, pero ahora se está en otro nivel que las medidas de mitigación no arreglan, por lo que es necesario implementar otras más contundentes, como el toque de queda, «decisión que tiene el respaldo de la Junta y que tiene que definirse cuanto antes».
En cuanto al documento aprobado hoy en el CISNS, sus objetivos son, en primer lugar, proponer criterios comunes con indicadores básicos que permitan realizar una evaluación en cada territorio, dirigida a detectar niveles de riesgo para la población. Y en segundo lugar, establecer unos niveles de alerta que determinen unas actuaciones proporcionales al nivel de riesgo de transmisión de SARS-CoV-2, adaptables según la situación y el contexto de cada territorio.
Así, la nueva estrategia para enfrentarse a la pandemia indica que la evaluación de riesgo debe considerar las características específicas de la unidad territorial que se está evaluando. Además, se tendrán en cuenta los indicadores relativos a la situación epidemiológica, la capacidad asistencial y la capacidad de salud pública, las características y vulnerabilidad de la población susceptible expuesta y la posibilidad de adoptar medidas de prevención y control.
Una tabla define los indicadores principales para la evaluación del riesgo y establece umbrales para determinar si el riesgo es bajo, medio, alto o extremo, teniendo en cuenta un dato relevante. Esta tabla establece dos grandes bloques, uno que define la evaluación del nivel de transmisión (incidencia acumulada de casos diagnosticados, incidencia de casos de más de 65 años y más, positividad global de pruebas PDIA y porcentaje de casos con trazabilidad); y otro que define el nivel de utilización de los servicios asistenciales por COVID-19 (ocupación de camas de hospitalización y de camas de cuidados críticos).
Siguiendo el criterio, entre otros, del Centro Europeo para el Control de Enfermedades (ECDC), se ha establecido un umbral de incidencia acumulada en 14 días de 25 casos por 100.000 habitantes para considerar que el riesgo comienza a incrementarse, y un límite superior de 150 para considerar que el riesgo es muy elevado. Para España se ha establecido un umbral adicional, una incidencia superior a 250 casos por 100.000, para señalar situaciones de riesgo extremo en las que se precisen acciones adicionales si las implementadas con incidencias de más de 150 no lograran controlar la transmisión.
VALORACIÓN INDIVIDUALIZADA
Además de los indicadores planteados, se establece que se hará una valoración individualizada de la situación del territorio evaluado y se tendrán en cuenta otros posibles indicadores, incluidos los cualitativos. Para determinar el nivel de riesgo de un territorio, se señala que los indicadores deben interpretarse siempre de forma dinámica, y tanto la tendencia como la velocidad de cambio deben tener un peso específico en esta valoración.
En aquellas situaciones en las que se tengan que valorar unidades territoriales de menos de 10.000 habitantes, se establece que se podrán realizar agrupaciones en territorios. Un aspecto relevante para el control de la pandemia en Castilla y León es el referido a la valoración de municipios o territorios pequeños, especialmente de menos de 5.000 habitantes. El acuerdo indica que debe hacerse siempre de forma muy local y basada en el contexto y la situación de cada lugar.
Así, en estos casos de territorios pequeños, además de los indicadores generales, se tendrán en cuenta los siguientes: el número, la tendencia y la velocidad de cambio de los casos diagnosticados en los últimos 7 y 14 días; la proporción de casos nuevos asociados a brotes; la tasa de ataque secundaria; y la existencia de puntos calientes, añade la Junta.
NIVELES DE ALERTA
Habrá cuatro niveles de alerta. En el 1 habrá al menos dos indicadores del bloque I y uno del bloque II están en nivel bajo y el resto de indicadores en nivel de nueva normalidad. En el 2, cuando al menos dos indicadores del bloque I y uno del bloque II están en nivel medio y el resto de indicadores en un nivel inferior.
En el 3, habrá al menos dos indicadores del bloque I y uno del bloque II en nivel alto y el del resto de indicadores en un nivel inferior. Por último, el nivel 4 se aplicará cuando al menos dos indicadores del bloque I y uno del bloque II están en nivel extremo y el resto de indicadores en un nivel inferior.
Las comunidades autónomas, en coordinación con el Ministerio, revisarán de manera periódica la evolución de los indicadores para valorar mantener o modificar el nivel de alerta. De forma general, el documento de consenso establece que se recomendará incrementar el nivel de alerta cuando, tras considerar que la información está suficientemente consolidada, se cumplan las condiciones antes definidas. En sentido contrario, para considerar la reducción del nivel de alerta será necesario que los indicadores permanezcan en un nivel de riesgo inferior durante un tiempo mínimo de 14 días.
ACTUACIONES DE RESPUESTA
En cada nivel de alerta se proponen unas actuaciones a instaurar en la unidad territorial evaluada, que han sido consensuadas a nivel técnico. Según los datos disponibles en España sobre los principales ámbitos de transmisión de los brotes, casi una tercera parte de estos se producen en el ámbito social, sobre todo en reuniones de familiares y amigos no convivientes, y en menor medida, en el ámbito laboral.
En este sentido, se consideran eficaces la limitación del número de personas no convivientes en las reuniones, sobre todo en interiores, la recomendación de relacionarse en burbujas sociales estructuradas en grupos de convivencia estable (GCE), y la recomendación de permanecer en el domicilio (#Quédate en casa). Ante esta evidencia se recomienda promover todas aquellas actividades que se puedan realizar al aire libre, promover el cierre o la reducción de aforos de los establecimientos en los que no se pueda garantizar una adecuada ventilación y un cumplimiento de las medidas de prevención e higiene.
La decisión sobre qué medidas y cuándo aplicarlas será tomada por las comunidades autónomas y se pondrá en conocimiento del Ministerio de Sanidad antes de su implantación, concluye la Junta.