Navarra se ha confinado perimetralmente desde la pasada medianoche y ha cerrado sus bares y restaurantes, en aplicación de las medidas adoptadas por el Gobierno foral para tratar de reducir el número de casos de Covid-19.
Las restricciones a la movilidad cuentan con excepciones de tipo sanitario, laboral, docente y de fuerza mayor. La orden foral que regula las nuevas limitaciones se mantiene en vigor al menos hasta las 24 horas del 4 de noviembre.
Entre otras medidas, se determina el cierre total de establecimientos de hostelería y restauración, bingos, salones de juegos y recreativos; el adelanto a las 21 horas del cierre de comercios y espacios de servicios y de ocio. Por su parte, las reuniones en el ámbito público y privado se limitan a 6 personas, excepto convivientes. Asimismo, se dispone la reducción al 50% del transporte público de la comarca de Pamplona y se limita el aforo de los cementerios con motivo de la festividad del 1 de noviembre.
Parte de estas medidas preventivas, las referidas a aforos de establecimientos y locales comerciales, lugares de culto, enseñanza no reglada o instalaciones deportivas ya estaban vigentes tras la aprobación de la orden foral aprobada el pasado 11 de octubre.
En cuanto a las nuevas medidas extraordinarias, las excepciones a la limitación de movilidad son las siguientes: asistencia a centros servicios y establecimientos sanitarios y a centros docentes que impartan enseñanzas regladas, incluidas las universitarias; retorno al lugar de residencia habitual; asistencia y cuidado de personas mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o personas especialmente vulnerables o motivos de fuerza mayor o situación de necesidad.
También se acepta como excepción cualquier otra de naturaleza análoga. Además, se permite la circulación de vehículos que atraviesen el territorio de Navarra, siempre que tengan origen y destino fuera de la Comunidad foral; y en el ámbito deportivo podrán entrar y salir del territorio de la Comunidad foral los equipos (deportistas y personal técnico) que participen en competiciones profesionales, así como competiciones de ámbitos estatal de carácter no profesional que pertenezcan al primer y segundo nivel deportivo. También se exceptúa de la limitación a deportistas de modalidades individuales, catalogados de alto nivel que participen en Campeonatos de España de categoría absoluta o competiciones oficiales de ámbito internacional.
En lo que se refiere al transporte, se reduce la ocupación de los vehículos al 50% de su capacidad en todas las franjas horarias y se dispone medidas especiales para la ventilación de los vehículos, la oferta de dispensadores de gel hidroalcohólico y recordatorio a las personas usuarias de las medidas de prevención. Estas medidas no son aplicables al transporte escolar que se regirá por su propia regulación.
Las medidas mantienen la limitación de aforos vigentes hasta la fecha, pero en todo caso establecen las 21 horas como horario máximo de apertura de los siguientes establecimientos: mercados que realicen su actividad en la vía pública; academias, autoescuelas y centros de enseñanza no reglada; bibliotecas; actividades e instalaciones deportivas, incluidas piscinas; parques y zonas deportivas al aire libre; monumentos, museos y salas de exposiciones; cines, teatros, auditorios y similares.
Respecto a las reuniones en el ámbito público y privado, la participación en cualquier agrupación o reunión se limitará a un número máximo de 6 personas en espacios públicos y privados, excepto en el caso de personas convivientes.
No obstante, en el ámbito privado, se recomienda que las personas que puedan juntarse se limiten a la unidad convivencia!, entendiendo por tal las personas que conviven bajo el mismo techo, incluyendo las personas cuidadoras y/o de ayuda.
En cuanto a los establecimientos de hostelería y restauración, quedan excluidos del cierre los comedores de alojamientos en el servicio de comidas para sus huéspedes con el mantenimiento de las medidas sanitarias y el límite máximo de 6 personas. Con la limitación de las 21 horas, se permitirá dispensar pan y/o café para llevar, así como servir y recoger comidas para llevar al domicilio. También se excluyen de la prohibición la restauración en centros sanitarios, comedores escolares y de carácter social.
En los cementerios, durante la festividad de Todos los Santos se limita el aforo a 1 persona por cada 3 metros cuadrados del espacio libre y, en Pamplona el aforo máximo será de 2.000 personas.
Se mantienen las restricciones de concentración de personas en entierros y velatorios: 25 personas en espacios abiertos y 10 en espacios cerrados. Las comitivas también mantienen la restricción de un máximo de 25 personas.
Por lo que se refiere a las competiciones y eventos deportivos: el horario máximo de apertura y/o actividad, salvo deporte profesional, se establecerá hasta las 21 horas. No obstante, los equipos que participen en competiciones profesionales, así como en competiciones oficiales de ámbito estatal y de carácter no profesional que pertenezcan al primer y segundo nivel deportivo, podrán utilizar las instalaciones deportivas más allá de las 21 :OO horas, siempre que lo autorice el titular de la instalación y únicamente para la celebración de las competiciones, excluyéndose la realización de entrenamientos.
En las piscinas de uso recreativo se mantiene el aforo en el 30%, pero se permite el uso de los vestuarios, aunque no de las duchas, en las instalaciones.
La celebración de congresos, encuentros, reuniones de negocios, conferencias, eventos y similares se realizará de manera no presencial. Otra novedad de la nueva regulación es la suspensión de actividades de establecimientos con espacios multifuncionales para eventos.
El Gobierno de Navarra ha elaborado un documento con las preguntas y respuestas más frecuentes de las nuevas medidas que se puede ver en el siguiente enlace.