El director del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias, Fernando Simón, ha comentado que los criterios marcados en la orden del Ministerio de Sanidad por la que se cerró Madrid, no se deben usar como pautas generales, ya que fueron aprobados, en el seno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, para situaciones «extremas».
En concreto, en la normativa se limitaba la movilidad, entre otras medidas, a los territorios que tenían 500 casos de Covid-19 o más por 100.000 habitantes en 14 días; un porcentaje de positividad en los resultados de las pruebas diagnósticas de infección activa por Covid-19 realizadas en las dos semanas previas superior al 10 por ciento; y que la comunidad autónoma tuviera una ocupación de camas UCI por pacientes Covid-19 superior al 35 por ciento de la dotación habitual antes de la pandemia.
«Sanidad no ha fijado un criterio para responder cuando hay 500 casos por cada 100.000 habitantes. El CISNS discutió una situación extrema que se estaba produciendo en algunos territorios y ante la que había que actuar muy rápido y muy contundentemente. Por tanto, los criterios de la orden ministerial eran para una situación muy concreta y no se deben usar como criterios generales», ha dicho Simón.
Precisamente, este jueves se ha conocido que el Ministerio de Sanidad está trabajando en un plan de ‘Actuaciones de respuesta coordinada para el control de la transmisión de COVID-19’ que establece cuatro niveles de alerta con unas medidas mínimas, proporcionales al nivel de riesgo de transmisión en cada comunidad autónoma, adaptables según la situación y el contexto de cada región.
El documento, propone indicadores básicos comunes en el Sistema Nacional de Salud (SNS) que permitan realizar una evaluación en cada territorio, dirigida a detectar niveles de riesgo para la población.
En esta evaluación, se tendrían en cuenta los indicadores relativos a la situación epidemiológica, la capacidad asistencial y de salud pública, las características y vulnerabilidad de la población susceptible expuesta, así como la posibilidad de adoptar medidas de prevención y control como son las no farmacológicas con intervenciones parciales o completas que afecten a parte o todo el territorio evaluado.
Los indicadores de riesgo se dividen en dos bloques y en cinco niveles de gravedad. El primero incluye la incidencia acumulada en 14 días, en 7 días, la incidencia acumulada de mayores de 65 años en 14 días, la positividad global de las pruebas diagnósticas por semana y el porcentaje de casos con trazabilidad. Asimismo, el segundo incluye la ocupación de camas de hospitalización por COVID-19 y la ocupación de camas UCI por casos de coronavirus.
Una vez analizados los indicadores, se fijan los valores que deberá tener cada uno de ellos para considerar la situación de alerta como extrema, alta, media, baja o de nueva normalidad. Así, por ejemplo, la Comunidad de Madrid estaría en riesgo extremo en el apartado de incidencia acumulada de casos diagnosticados en 14 días, al superar los 250 casos por cada 100.000 habitantes.
«Se da una orientación en cada uno de los niveles sobre cómo actuar para no pasar por alto situaciones que podrían suponer un riesgo. Se plantean una serie de medidas pero se da margen de actuación a las comunidades autónomas», ha explicado Simón, para adelantar que, previsiblemente, el documento final esté aprobado la semana que viene.