El abogado que pidió paralizar restricciones en Madrid vuelve a solicitarlo alegando un error de la Audiencia Nacional

El abogado Curro Nicolau, que solicitó paralizar con urgencia las restricciones de movilidad aplicadas en Madrid, ha reiterado este lunes su petición de suspender en un plazo de 48 horas estas medidas al recurrir ahora la orden de la Comunidad de Madrid para aplicar las medidas frente el avance de la pandemia y al entender que la Audiencia Nacional ha obviado parte de los escritos que presentó la semana pasada.

El abogado presentó el jueves un recurso contra el acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (CISNS) para evitar el avance del coronavirus y la resolución de la Secretaría de Estado de Sanidad que dio publicidad al mismo, mientras que el viernes amplió dicho recurso para incluir también la posterior orden del ministro de Sanidad Salvador Illa.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo ha rechazado este lunes la solicitud de medidas cautelarísimas de este particular al considerar que en este caso no hay «una urgencia excepcional o extraordinaria de mayor intensidad» para suspender las restricciones de movilidad o limitación de aforos impuestas en la Comunidad de Madrid y algunos municipios madrileños.

Además, la Sala ha apuntado que las decisiones recurridas por Nicolau solo pueden ser impugnadas por las comunidades autónomas porque que son su destinatario, no los ciudadanos.

Curro Nicolau afirma que la Audiencia Nacional ha tomado esta decisión teniendo en cuenta el escrito presentado el jueves, pero no la ampliación entregada un día después, que incluía la orden del ministro Illa, cuyo interrogatorio también interesó.

LA ORDEN DE LA COMUNIDAD DE MADRID SÍ VA DESTINADA A LOS CIUDADANOS

Ahora, el letrado –que ya ha presentado numerosos recursos contra órdenes de Sanidad y otras resoluciones del Consejo de Ministros ante el Tribunal Supremo– recurre también la orden de la Comunidad de Madrid que aplica las medidas fijadas por la orden ministerial, al entender que éstas sí que van destinadas a los ciudadanos, por lo que reclama un nuevo pronunciamiento de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional.

«No puede perderse de vista por la Sala que nos encontramos ante una nueva impugnación por la vía del recurso indirecto, teniendo encuenta que el auto de la Sala de fecha 5 de octubre de 2020 no ha entrado a valorar nada sobre la ampliación solicitada por esta parte en su escrito de fecha 2 de octubre de 2020», explica Nicolau en el nuevo escrito presentado.

El abogado considera que debido a que la orden de la Comunidad de Madrid se publicó en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) el pasado 2 de octubre y ha entrado en vigor este mismo lunes, sí que existe una urgencia para acordar su paralización, pues «afecta directamente a los derechos fundamentales del recurrente y millones de ciudadanos de Madrid particularmente.

RESTRICCIÓN DE DERECHOS

Añade que «todo el tiempo que transcurra hasta la resolución del presente procedimiento, que puede ser incluso de meses, es tiempo donde el recurrente y millones de ciudadanos ven restringidos y vulnerados sus derechos fundamentales. Es tiempo y disfrute de los derechos que nunca podrá ser recuperado ni resarcido».

Asimismo, el recurrente duda de la legalidad de las medidas porque, según apunta en su escrito, «el Estado no ha dado las razones suficientes para mantener la suspensión de derechos fundamentales acordadas, no ha justificado cuál es la capacidad actual del sistema sanitario, ni cuáles son los objetivos que permiten saber cuándo volveremos a tener un libre ejercicio de los derechos fundamentales, ya que parece claro que la vida normal no volverá hasta que tengamos la vacuna o el tratamiento eficaz».

Con todo ello, el abogado Curro Nicolau vuelve a solicitar la comparecencia del ministro Salvador Illa por ser la persona que ha dictado la orden que se ha recurrido anteriormente y ahora de «manera indirecta» y del consejero de Sanidad de la Comunidad de Madrid, Enrique Ruiz Escudero, por ser la persona de la orden recurrida que aplica las medida fijadas por el ministro.