En los últimos años, los consumidores españoles han comenzado a prestar más atención a los detalles de las facturas en bares y restaurantes. La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha lanzado una advertencia clara sobre prácticas que, aunque comunes, son ilegales y atentan contra los derechos de los clientes. Entre estas prácticas destacan tres cobros que, según la normativa vigente, no deberían aplicarse: el cobro por el cubierto, el suplemento por terraza y el plus por reserva.
Estas prácticas, que en ocasiones pasan desapercibidas, no solo generan un gasto adicional para los consumidores, sino que también vulneran la legislación española en materia de consumo. En este artículo, desglosamos cada uno de estos cobros, explicamos por qué son ilegales y cómo los consumidores pueden actuar para defender sus derechos.
1EL COBRO POR EL CUBIERTO: UNA PRÁCTICA QUE NO TIENE CABIDA
El cobro por el cubierto es una de las prácticas más extendidas en algunos restaurantes, especialmente en aquellos que buscan maximizar sus ingresos a costa de los clientes. Este cargo, que suele aparecer en la factura bajo conceptos como «servicio de mesa» o «cubierto», se refiere al simple hecho de sentarse en la mesa y utilizar los utensilios básicos como platos, vasos y cubiertos.
Sin embargo, la OCU ha sido tajante al respecto: este cobro es ilegal en España. Según la normativa de consumo, los restaurantes no pueden cobrar por servicios que no hayan sido solicitados expresamente por el cliente. El uso de cubiertos y vajilla es inherente al servicio de restauración y, por tanto, debe estar incluido en el precio de los platos que se ofrecen en la carta.
Además, este tipo de cargos suele ser especialmente molesto para los consumidores, ya que no se informa de manera clara y previa. En muchos casos, el cliente solo se percata de este cobro al recibir la factura, lo que genera una sensación de engaño y desconfianza hacia el establecimiento.