viernes, 29 noviembre 2024

El juez declaró secreto el registro del despacho de García Ortiz para no tener que avisar a la Fiscalía

La Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil registró el pasado miércoles durante 11 horas seguidas el despacho de Álvaro García Ortiz, Fiscal General del Estado (FGE). Un discreto grupo de agentes llegó a las doce y media de la mañana del miércoles a la sede en la calle Fortuny de Madrid y tras enseñar el mandamiento judicial del magistrado Ángel Luis Hurtado, de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, comenzaron el registro. A la misma hora otro reducido grupo lo hacía en el despacho de Pilar Rodríguez Fernández, fiscal jefe de Madrid, con sede en la calle Santiago de Compostela. Poco antes el juez, como medida de precaución y, en una maniobra legal muy inteligente, había declarado el secreto de las actuaciones para no tener obligación procesal de comunicarlo a la propia Fiscalía del Supremo. Ambos están investigados por revelación de secretos, en concreto de la causa seguida contra el empresario Alberto González Amador, pareja de Isabel Díaz Ayuso, presidenta de la Comunidad de Madrid.

El registro tuvo que pausarse durante más de una hora porque ninguno de los dos investigados, ni García Ortiz ni Rodríguez Fernández disponían de abogados presentes en el registro y hubo que llamarlos. No es condición imprescindible que los letrados de los investigados estén presentes, ya que la presencia de la letrada de la Administración de Justicia da garantías procesales suficientes, pero los agentes de la UCO prefirieron esperar la llegada de una abogada del Estado en el caso de la Fiscalía de Madrid y de un abogado del turno de oficio en el caso de la Fiscalía General del Estado.

Tras once horas de registro los agentes de la UCO se incautaron dos teléfonos móviles de García Ortiz -el oficial y el personal-, un ordenador de mesa y otro portátil, una tablet y multitud de dispositivos USB. Simultáneamente, la UCO registró el despacho de la fiscal jefe provincial de Madrid, Pilar Rodríguez, también imputada. En su caso, al contenido informático se sumó copia en papel de los correos electrónicos que dieron origen al caso.

El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz
El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz

El propio juez instructor, el magistrado Ángel Hurtado, dictó un auto advirtiendo de la necesidad de registrar ambos despachos para «evitar la eliminación intencionada de información que pudiera ser de interés para la investigación».

Justo antes de dictar los dos autos de registros, uno para cada Fiscalía, el juez explicaba en los antecedentes de hecho para declarar el secreto de las actuaciones que «de oficio se aprecia la necesidad de declarar el secreto en las presentes actuaciones».

El auto explicaba que «(…) este precepto permite que el Juez de Instrucción, a propuesta del Ministerio Fiscal, de cualquiera de las partes personadas, o de oficio, declare secretas las actuaciones, total o parcialmente, por tiempo no superior a un mes, cuando resulte necesario para, entre otras situaciones, «prevenir una situación que pueda comprometer de forma grave el resultado de la investigación o del proceso».

PIEZA SEPARADA

«Los fines a los que legal y constitucionalmente sirve el secreto sumarial no pueden desvanecerse como consecuencia del ejercicio efectivo de los derechos del justificable, pues en tal caso el secreto perdería su razón de ser. (…) así se infiere también de la Directiva 2012/13/UE cuando admite que el acceso al expediente penal pueda ser denegado ante el riesgo de perjudicar una investigación en curso (art. 7.4), siempre, eso sí, desde una interpretación restrictiva de esta limitación y respetuosa con el principio de equidad (…)», recoge el auto del mismo día del registro, que finaliza detallando que «sentadas estas consideraciones, resulta necesario decretar el secreto de las presentes actuaciones en tanto en cuanto no se haya recabado toda la información documental. Consecuentemente, procede, en aplicación del art. 302 LECrim, decretar el secreto de las actuaciones por un periodo de un mes» y saca esa actuación a una pieza separada.

Ese mismo día, los fiscales estaban decidiendo si cancelaban o no el acto previsto a las 13.00 horas, la presentación del último número de la Revista del Ministerio Fiscal, presidido por García Ortiz, que finalmente se canceló por los estragos de la DANA en Valencia.

EL AUTO RECUERDA EL «DEBER DE COLABORACIÓN» DE LOS RESPONSABLES «DEL SISTEMA INFORMÁTICO»

En el auto de registro de la FGE el juez reseña el «deber de colaboración» de «los responsables del sistema informático o base de datos objeto del registro están obligados a facilitar a los agentes investigadores la colaboración precisa para la práctica de la medida y el acceso al sistema. Asimismo, están obligados a facilitar la asistencia necesaria para que los datos e información recogidos puedan ser objeto de examen y visualización».

Para ello «las autoridades y los agentes encargados de la investigación podrán ordenar a cualquier persona que conozca el funcionamiento del sistema informático o las medidas aplicadas para proteger los datos informáticos contenidos en el mismo que facilite la información que resulte necesaria para el buen fin de la diligencia.

El juez también advierte de que «esta disposición no será aplicable al investigado o encausado, a las personas que están dispensadas de la obligación de declarar por razón de parentesco y a aquellas que, de conformidad con el artículo 416.2, no pueden declarar en virtud del secreto profesional» y que «los sujetos requeridos para prestar colaboración tendrán la obligación de guardar secreto acerca de las actividades requeridas por las autoridades».

El magistrado incide en que «por parte del personal informático de la Fiscalía, o el más adecuado para ello, deberán identificarse todas las cuentas de correo electrónico utilizadas por la persona relacionada en este Auto y deberá prestarse toda la ayuda técnica necesaria que sea requerida por los Agentes actuantes, incluyendo el acceso a cualquier terminal y/o servidor informático».

LOS FISCALES PIDEN EL CESE DE GARCÍA ORTIZ

Por otra parte, la Asociación Profesional e Independiente de Fiscales (APIF) ha pedido al Tribunal Supremo (TS) que acuerde la «suspensión provisional de empleo» del FGE Álvaro García Ortiz, mientras se le investiga por la presunta revelación de secretos de Alberto González Amador, pareja de la presidenta madrileña, Isabel Díaz Ayuso.

En un escrito la asociación minoritaria de la carrera fiscal solicita al Alto Tribunal que suspenda a su vez de forma provisional a la fiscal jefe provincial de Madrid, Pilar Rodríguez, también investigada por presunta revelación de secretos en la misma causa.

La APIF incide en que el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal (EOMF) contempla que la exigencia de responsabilidad civil y penal a los fiscales se rija por la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), que establece la «suspensión de los jueces y magistrados cuando se hubiera declarado haber lugar a proceder contra ellos por delitos cometidos en el ejercicio de sus funciones».

En este sentido, la asociación subraya que el Supremo ya acordó «proceder contra García Ortiz y Rodríguez» por la querella presentada por la pareja de Díaz Ayuso. Por ello, entiende que corresponde suspenderles de forma provisional no solo de sus cargos sino también de su oficio de fiscales.

«Si a cualquier fiscal que se encontrase en esta situación debería suspendérsele provisionalmente de empleo -por eso también hemos solicitado que se aparte a Dña. María Pilar Rodríguez Fernández-, cuando el afectado es el fiscal general del Estado la adopción de esta medida deviene obligatoria», apunta la APIF.

Sus compañeros de la Asociación de Fiscales (AF), mayoritaria en la carrera, ha pedido a los representantes del Ministerio Público «reacción» después de que la Guardia Civil registrase este miércoles el despacho del fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz. «¿Seguiremos mudos?», se preguntan.

A través de un comunicado, recogido por Europa Press, la AF ha asegurado que «la entrada y registro en la sede de la Fiscalía General del Estado autorizada por el Tribunal Supremo y practicada por la Guardia Civil es un hecho sin precedentes que marca un hito que tardará muchos años en borrarse de nuestra memoria colectiva».

«Le pedimos a la Carrera Fiscal reflexión, primero porque somos fiscales y por consiguiente conscientes de que un auto autorizando esta medida no se dicta en el vacío. Solicitamos de cada fiscal que medite sobre cómo nuestra institución aparece en las diligencias abiertas por el Tribunal Supremo y no en la imagen lamentablemente evocadora de la presencia policial indagando la existencia de delitos en nuestra sede fundamental, sino de la mera presencia procesal del Ministerio Fiscal», ha apuntado.

La asociación ha asegurado que no quieren «explicaciones ni justificaciones, sea de la persona o sea del titular de la alta magistratura, de su falta de actividad tras asumir la condición de parte investigada en un proceso penal».

«Ya hemos pedido del fiscal general su dimisión y ya hemos transmitido la anomalía insólita a los estados europeos, a las instituciones de la Unión Europea y al Consejo de Europa. Ayer le hemos explicado tanto al fiscal general como a la Carrera la situación jurídica excepcional en que se halla nuestra institución, atendidas las normas jurídicas que rigen el proceso penal y la regulación orgánica que regulan el funcionamiento del Ministerio Fiscal», ha recordado.

En este contexto, la AF ha pedido «a la carrera que busque las difíciles respuestas a preguntas sencillas». Y se pregunta «¿qué Fiscal interviene en las diligencias previas abiertas en el Tribunal Supremo?, ¿quién y cómo le designó?, ¿a qué fiscal se le notificó el auto conocido parcialmente ayer?, ¿qué percepción puede tener el instructor (o la sociedad, o la carrera fiscal) de la institución que debe garantizar los principios de legalidad e imparcialidad cuando pueden concurrir en quien intervenga causas de abstención evidentes?».