El TS desestima dos querellas contra la ministra de Hacienda por falta de pruebas de revelación de secretos sobre la pareja de Ayuso

Tribunal Supremo absolve a María Jesús Montero de revelación de secretos

Desestimadas las querellas contra la ministra de Hacienda

El Tribunal Supremo (TS) ha decidido inadmitir dos querellas contra María Jesús Montero, actual vicepresidenta primera y ministra de Hacienda. Estas querellas alegaban que Montero había revelado «datos personales y reservados» del compañero de Isabel Díaz Ayuso, presidenta de la Comunidad de Madrid, durante unas declaraciones emitidas el pasado 12 de marzo. Según el alto tribunal, tal revelación no se produjo, lo que se convierte en un aspecto clave en la protección de la privacidad y la labor política.

Contexto de las declaraciones de Montero

En el referido auto dictado por la Sala de lo Penal, los magistrados analizan las declaraciones realizadas por Montero, quien planteó las siguientes palabras clave: «Yo diría, en primer lugar, que evidentemente requiere que la presidenta de la Comunidad de Madrid dé explicaciones y actúe con absoluta transparencia respecto a si, efectivamente, como se ha publicado en medios de comunicación, está viviendo en un piso que se pagó con fraude a la Hacienda Pública. La ministra abordó la necesidad de transparencia en torno a la situación financiera de su pareja, pero no proporcionó información que se pudiera considerar personal o reservada.

La Asociación Liberum y la Fundación Foro Libertad y Alternativa responsabilizaron a Montero, alegando que hizo uso de datos sin autorización. Sin embargo, el Tribunal Supremo concluyó que estos argumentos no cumplen con los requisitos necesarios para considerar un delito de revelación de secretos.

Análisis de la información publicada previamente

Los jueces resaltan que la información sobre Alberto González Amador ya había sido publicada por los medios de comunicación antes de que Montero hiciera sus declaraciones, lo que significa que la denuncias de la Fiscalía de Madrid sobre un presunto fraude fiscal de 350.951,41 euros se encontraban al alcance del público. Así, cualquier opinión emitida por Montero no tuvo origen en datos que ella conociera en virtud de su cargo, sino en información previamente divulgada.

El tribunal aclaró que cuando la ministra se pronunció, la denuncia y su contenido ya habían sido publicitados, eliminando así la posibilidad de que la ministra hubiera cometido algún delito en este contexto. A lo cual añadieron: «No puede por tanto estimarse cometido el delito de descubrimiento y revelación de secretos previsto en el artículo 197 del Código Penal».

Repercusiones de las declaraciones de la ministra

El fallo del Tribunal Supremo no solo afecta a María Jesús Montero, sino que también pone de relieve la importancia de la transparencia en la gestión pública. En este sentido, el tribunal enfatiza que las declaraciones de la ministra no solo eran pertinentes, sino que se alineaban con su deber de fomentar la claridad y honestidad en las políticas fiscales.

Frente a la crítica sobre el uso político de la información, es fundamental entender que el papel de un ministro de Hacienda implica no solo la gestión de las finanzas del país, sino también la vigilancia del cumplimiento de la ley y de las obligaciones fiscales, especialmente en momentos críticos como el durante la pandemia.

Conclusiones sobre el caso de Montero

La resolución del Tribunal Supremo subraya que el acceso a la información pública y la responsabilidad de los funcionarios públicos son elementos constitutivos de una democracia saludable. Por lo tanto, al descartar las acusaciones formuladas en contra de Montero, se reitera que las opiniones emitidas sobre casos de fraude que ya son de dominio público no constituyen un delito.

Finalmente, queda claro que este caso ha tenido y seguirá teniendo repercusiones en el ámbito político y legal, al plantear importantes interrogantes sobre la relación entre la política y la privacidad en un contexto donde la información fluye libremente y donde la transparencia se convierte en un pilar fundamental para cualquier administración pública.

Con lo que el Tribunal Suprema concluye que «Ningún dato personal y reservado reveló del Sr. González Amador. Se limitó a dar su opinión sobre lo que, a su juicio, debería hacer la presidenta de la Comunidad de Madrid». En consecuencia, se establece un precedente que podría influir en futuros casos relacionados con la revelación y el manejo de datos personales, así como en el discurso político en España.