viernes, 29 noviembre 2024

La Fiscalía se opone a la querella de Begoña Gómez contra el juez Peinado por prevaricación 

La Fiscalía de Madrid se ha opuesto a la admisión a trámite de la querella formulada por Begoña Gómez contra el juez Juan Carlos Peinado por presuntos delitos de revelación de actuaciones procesales declaradas secretos y/o de revelación de secretos o informaciones de los que tenga conocimiento por razón de su oficio por cargo y que no deban ser divulgados, así como por otro delito continuado de prevaricación.

El Ministerio Público ha recordado que solicitó que se recabara testimonio «integro» de las actuaciones en papel a fin de tener un conocimiento «pleno» de lo investigado por Peinado en el ‘Caso Begoña Gómez’ antes de pronunciarse sobre la admisión a trámite de la querella presentada por la mujer del presidente del Gobierno.

Sin embargo, ha explicado que «el pasado 1 de octubre la sala Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) dictó una providencia en la que denegaba tal solicitud y le emplazaba a que un plazo de cinco días se pronunciara sobre la admisión a trámite de la querella».

Ante esta negativa la Fiscalía entiende que «en este momento y con los indicios y argumentos jurídicos que se aportan en esta querella (…), no se dan los presupuestos legales exigidos para su admisión a trámite», según ha informado el Ministerio Público.

LA QUERELLA DE BEGOÑA GÓMEZ

Begoña Gómez se querelló contra el juez del Juzgado de Instrucción 41 de Madrid por una presunta revelación de secretos y prevaricación, una querella que apunta también al Gabinete de Comunicación del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), por haber supuestamente informado de estas diligencias, declaradas secretas, antes de que se levantaran. En concreto, la acusación de Begoña Gómez apunta al artículo 219.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), que textualmente señala el motivo por el que un juez debe apartarse de un caso.

«Estar o haber sido denunciado o acusado por alguna de las partes como responsable de algún delito o falta, siempre que la denuncia o acusación hubieran dado lugar a la incoación de procedimiento penal y éste no hubiera terminado por sentencia absolutoria o auto de sobreseimiento», apunta la normativa vigente desde 1985.

La defensa de Begoña Gómez ha tratado de frenar todas las decisiones del juez en cuanto a los testigos se refiere, así como afirmar que no tuvo constancia de la ampliación de la querella de HazteOír, motivo por el que no ofreció declaración alguna la primera vez que fue llamada ante el magistrado.

La querella era una maniobra más en caso de que la Audiencia Provincial de Madrid rechace los recursos de Camacho para tratar de frenar la investigación del juez Peinado. No obstante, esta segunda instancia judicial no se pronunciará hasta el próximo mes de septiembre, cuando ya haya declarado como testigo Leticia Lauffer, exdirectora de Wakalua, la filial del Grupo Globalvia y al que pertenece Air Europa. Cabe señalar, además, que la Fiscalía se ha opuesto a la mayor parte del proceso judicial y como muestra de ello no ha realizado ni una sola pregunta a los testigos.

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