El Supremo redefine su criterio y califica a Servicarne como una «aparente cooperativa» intermediaria

La sentencia del Tribunal Supremo ha sido un punto de inflexión en la interpretación legal de lo que se conocía como la «cooperativa Servicarne». Lejos de ser una verdadera cooperativa de trabajadores, esta entidad se revelaba como una mera «fachada» para facilitar mano de obra a las empresas del sector cárnico.

La Sala de lo Social del Tribunal Supremo ha adoptado un nuevo criterio, abandonando la doctrina previa que había validado el modelo de Servicarne. Ahora, se reconoce que detrás de esta «aparente cooperativa» se esconde una relación laboral encubierta entre los trabajadores y las empresas a las que prestan servicios. Esta sentencia sienta un precedente importante en la lucha contra la precarización laboral y el fraude de ley.

El Modus Operandi de «Servicarne»

El Tribunal Supremo ha desenmascarado el modus operandi de Servicarne, detallando cómo esta entidad destinaba a los trabajadores a las instalaciones de las empresas contratantes, tanto para las tareas de despiece y manipulación como para funciones de supervisión y control.

Pero lo más revelador es que estos cooperativistas utilizaban los equipos, herramientas e infraestructura de la empresa principal, la cual les facturaba el coste de todo ello, incluyendo una oficina que les alquilaba. Esta dinámica, lejos de ser propia de una cooperativa, evidencia que Servicarne se limitaba únicamente a facilitar mano de obra a las empresas del sector cárnico, siendo estas últimas las auténticas empleadoras de los trabajadores.

El Fraude Empresarial Desvelado

El Tribunal Supremo concluye que Servicarne ha actuado en fraude de ley, pues se había constituido formalmente como una «aparente cooperativa de trabajo asociado», pero su verdadera actividad se reducía a proporcionar personal a las empresas cárnicas.

Los magistrados recalcan que la única infraestructura de Servicarne era una oficina en Barcelona, sin disponer de otros medios materiales propios de una cooperativa que permitan la puesta en común del trabajo de los socios. Esta sentencia supone un duro golpe a este tipo de estructuras empresariales fraudulentas que buscan eludir las obligaciones laborales y previsionales.

En definitiva, la resolución del Tribunal Supremo ha sacado a la luz las prácticas abusivas que se escondían detrás de la figura de Servicarne, sentando un precedente clave para combatir la precarización laboral y el fraude de ley en el sector empresarial.