El Supremo rechaza el recurso de LaLiga contra la RFEF por vetar un partido en el extranjero

La disputa legal entre LaLiga y la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) se originó en 2018, cuando LaLiga solicitó autorización para celebrar un partido de la competición española entre Girona FC y FC Barcelona en el Hard Rock Stadium de Miami, Estados Unidos. La RFEF denegó el permiso, argumentando que la normativa de la FIFA prohibía la celebración de partidos oficiales de ligas nacionales fuera del territorio de la asociación organizadora.

Este rechazo desencadenó una batalla legal en la que LaLiga acusó a la RFEF de tener un comportamiento «obstruccionista» y «desleal» al vetar dicho partido, mientras también negociaba la celebración de la Supercopa de España en territorio estadounidense. Tras varios reveses judiciales, LaLiga recurrió el caso ante el Tribunal Supremo, que finalmente ha inadmitido el recurso, fallando a favor de la RFEF.

El Tribunal Supremo respalda a la RFEF

El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso presentado por LaLiga contra la RFEF por vetar la celebración de un partido de la competición española en territorio extranjero. Los hechos se remontan a 2018, cuando LaLiga solicitó autorización a la RFEF para celebrar un partido entre el Girona FC y el FC Barcelona en el Hard Rock Stadium de Miami, Estados Unidos.

La RFEF denegó el permiso, aduciendo que la normativa de la FIFA prohibía la celebración de partidos oficiales de ligas nacionales fuera del territorio de la asociación organizadora. LaLiga acudió a la Justicia, acusando a la RFEF de tener un comportamiento «obstruccionista» y «desleal» tanto por vetar dicho partido como por negociar al mismo tiempo la celebración de la Supercopa de España en Estados Unidos.

Tras varios reveses judiciales, LaLiga recurrió en casación ante el Tribunal Supremo, cuya Sala de lo Civil ha inadmitido la impugnación por «carencia manifiesta de fundamento». En su auto, el Tribunal Supremo explica que LaLiga pretendía alterar «la base fáctica» de la sentencia original y que, a estas alturas, «no se puede pretender una revisión de los hechos probados ni una nueva valoración probatoria».

La RFEF actuó conforme a la normativa de la FIFA

Según el Tribunal Supremo, el recurso de LaLiga pivotaba «sobre la afirmación del ejercicio abusivo de competencias propias de la RFEF, toda vez que su objeto sería impedir el ejercicio de la actividad empresarial del recurrente». LaLiga sostenía que la sentencia impugnada «obvia todo análisis de las conductas denunciadas, fijándose sólo en el resultado, al que reviste de una especie de obediencia debida, atribuyéndolo al criterio de la FIFA y no a una actitud obstaculizadora autónoma de la RFEF, lo que no ha sido así».

Sin embargo, el Tribunal Supremo indica que tal argumentación «obvia que la sentencia recurrida en momento alguno considera dicha circunstancia como probada», sino al contrario, a juzgar por la citada comunicación de la FIFA informando de que «el partido no podía ser autorizado, con fundamento en ‘el principio general deportivo mediante el cual, los partidos oficiales de una competición nacional regular deben disputarse en el territorio de la misma asociación nacional’.

Así, el Tribunal Supremo ha resuelto inadmitir el recurso de LaLiga, al tiempo que le impone el pago de las costas con pérdida de los depósitos constituidos. Esta decisión reafirma que la RFEF actuó conforme a la normativa de la FIFA, sin incurrir en un comportamiento «obstruccionista» o «desleal» como había denunciado LaLiga.