Puigdemont pierde en el TJUE su demanda contra la Eurocámara por la pérdida de su escaño

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictado una sentencia definitiva en la que desestima el recurso presentado por el expresidente de Cataluña, Carles Puigdemont, y su exconseller, Toni Comín, contra el Parlamento Europeo. Los dos políticos independentistas reclamaban que se les reconociera como eurodiputados tras las elecciones europeas de mayo de 2019 y que se les garantizara la inmunidad asociada a ese cargo.

Sin embargo, el Alto Tribunal europeo ha avalado la decisión inicial del entonces presidente de la Eurocámara, el conservador Antonio Tajani, de no incluirlos en la lista de eurodiputados electos que le fue notificada oficialmente por las autoridades españolas. Esto se debió a que Puigdemont y Comín no acudieron a Madrid a acatar la Constitución, tal y como exigía la Junta Electoral Central (JEC) español

La Eurocámara estaba vinculada por la lista oficial notificada por España

Según la sentencia del TJUE, el presidente de la Eurocámara no disponía de competencia para controlar la exactitud de la lista de eurodiputados electos que le fue remitida por las autoridades españolas. De haberlo hecho, habría quebrantado el reparto de competencias entre la Unión Europea y los Estados miembros.

Por tanto, el Parlamento Europeo se encontraba vinculado por la lista oficial que le fue notificada, y el hecho de que Tajani informara a Puigdemont y Comín de que sus escaños quedaban vacantes no modificó su situación jurídica ni es un acto recurrible ante la Justicia europea.

El TJUE descarta que el presidente de la Eurocámara tuviera que confirmar los privilegios e inmunidades

Asimismo, el Tribunal de Justicia puntualiza que no cabe interponer recurso de anulación contra el presidente del Parlamento Europeo por no ejercer su facultad discrecional de tomar con carácter de urgencia la iniciativa de confirmar los privilegios e inmunidades de Puigdemont y Comín.

En este sentido, la sentencia concluye que las alegaciones contra la presunta negativa del presidente a comunicar a la comisión parlamentaria competente la solicitud de los dos políticos se dirigían contra un acto inexistente.

El Tribunal avala la posición del Parlamento Europeo

En definitiva, el TJUE respalda plenamente la actuación del Parlamento Europeo en este caso, al considerar que la Eurocámara no tenía margen de maniobra para apartarse de la lista oficial de eurodiputados electos notificada por las autoridades españolas.

Asimismo, el Alto Tribunal europeo descarta que el presidente de la Eurocámara tuviera la obligación de confirmar de manera urgente los privilegios e inmunidades de Puigdemont y Comín, ya que dicha facultad es de carácter discrecional.

Esta sentencia, si bien se refiere a una legislatura ya extinta, tendrá un impacto relevante en el recurso pendiente que Toni Comín ha presentado este mismo mes de septiembre para reclamar el escaño que ganó en las últimas elecciones europeas. El TJUE deja claro que corresponde únicamente a las autoridades nacionales determinar quiénes deben ser reconocidos como eurodiputados, sin que la Eurocámara pueda cuestionar esa decisión.