Los policías nacionales que han comenzado sus prácticas lo hacen sin chalecos antibalas, según denuncia el sindicato Jupol, mayoritario en la Policía Nacional. Desde el sindicato también se denuncia que los agentes en prácticas usan un chaleco de manera colectiva y no siempre son de sus tallas, lo que provoca que la seguridad no sea nunca al cien por ciento.
Por eso el sindicato alerta del «incumplimiento fragante que se lleva cometiendo desde hace tiempo en relación con la Ley de Prevención de Riesgos Laborales para los agentes de la Policía Nacional en relación con la dotación individual de chalecos antibalas. En esta ocasión, desde la organización sindical, se viene denunciando la falta de chalecos antibalas para los agentes de la Policía Nacional en prácticas, que en la gran mayoría de los casos están prestando laborales de seguridad ciudadana sin contar con un chaleco antibalas de dotación, lo que supone un grave riesgo para su integridad física e incluso para su vida».
El uso de un chaleco colectivo o compartido no garantiza al cien por ciento la seguridad de los agentes, ya que este no se corresponde con la talla exacta de cada uno de los agentes que lo utiliza. La organización sindical, ha explicado por medio de su portavoz, Ibón Domínguez, que “en la propia normativa interna de la Dirección General de la Policía se reconoce la necesidad de dotar de este tipo de material de protección a los agentes operativos de la Policía Nacional. Una norma que sistemáticamente viene incumpliendo la DGP”.
NORMATIVA DE POLICÍAS
Además, esta situación, asegura Domínguez, incumple de manera clara el Real Decreto 2/2006 de 16 de enero, por el que se establecen normas sobre prevención de riesgos laborales en la actividad de los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía, que en su artículo 3 sobre los Derechos a la protección frente a los riesgos laborales establece que “los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía tienen derecho a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo y la Administración del Estado adoptará las medidas necesarias orientadas a garantizar la seguridad y salud de los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía en todos los aspectos relacionados con el desarrollo de las actividades profesionales, dentro de las peculiaridades que comporta la función policial”.
«ESTÁN PRESTANDO LABORES DE SEGURIDAD CIUDADANA SIN CHALECO ANTIBALAS DE DOTACIÓN», ASEGURA EL SINDICATO
Asimismo, desde Jupol recuerdan que en su artículo 6 de los Equipos de trabajo se recoge que “la Administración adoptará las medidas necesarias para que los equipos de trabajo sean adecuados para las tareas previstas y, a su vez, para que garanticen la seguridad y salud de los funcionarios y personal que los utiliza. Se ajustarán a lo dispuesto en su normativa específica y se tendrán en cuenta las recomendaciones técnico-científicas existentes en su caso para el manejo de dichos medios» y que «la Administración proporcionará a los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía equipos de protección individual adecuados para el desempeño de sus funciones y velará por su uso efectivo y correcto de los mismos”.
Por esto Jupol sigue reclamando a la Dirección General de la Policía (DGP) que facilite los chalecos antibalas a todos agentes de la Policía Nacional. Domínguez ha aseverado que “la seguridad y garantizar la integridad física de los policías es parte esencial del trabajo del Ministerio del Interior, por lo que el no disponer de los equipos básicos de seguridad o contar con equipos inadecuados, afectados por el deterioro o por el desgaste derivado del uso, repercuten de forma negativa en el servicio y la imagen corporativa y de seguridad de los agentes y en consecuencia en la seguridad de todos los ciudadanos”.
La asociación sindical califica la actitud de la DGP en relación a dotación de chalecos antibalas «como una vulneración de los derechos fundamentales en concurrencia con el incumplimiento de la normativa de prevención y riesgos laborales contraria a los principios de dignidad, seguridad, salud y protección laboral, vulnerando los derechos inviolables que le son inherentes al desarrollo de la actividad profesional». Jupol insiste en que la Administración, “tiene la obligación de dotar a sus agentes de los medios necesarios para el desempeño de sus funciones, por tanto, no dotar de los equipos de trabajo y protección señalados en la Ficha de Puesto de Trabajo conlleva estar incumpliendo la ley de prevención de riesgos laborales y estar poniendo en grave peligro la vida de los agentes”.