Como consecuencia de la crisis económica provocada por el COVID-19, el gobierno se vio en la necesidad de aprobar un paquete de medidas económicas —entre otras, el Ingreso Mínimo Vital— para paliar los efectos negativos de aquellos colectivos más vulnerables.
La persona solicitante, para tener derecho a recibir la prestación debía cumplir una serie de requisitos indispensables, como era, por ejemplo, la de buscar trabajo de forma activa.
Cambian los requisitos para el acceso a determinadas prestaciones
El número de solicitudes presentadas para tener acceso a algunas de las prestaciones económicas ha superado las previsiones del gobierno, llevando a las oficinas del SEPE (organismo encargado de tramitar las diferentes ayudas) a un desbordamiento sin precedentes. Debido a ello, el propio gobierno se ha visto en la necesidad de flexibilizar algunos de los requisitos para poder optar a las distintas ayudas económicas.
Noticiastrabajo.es, el portal para buscar empleo, se hizo eco de la noticia, donde informaba el cambio de requisitos exigidos por el gobierno para el acceso al Ingreso Mínimo Vital. Así, desaparece el requisito de búsqueda activa de empleo para cobrar el ingreso mínimo vital.
Cómo solicitar el Ingreso Mínimo Vital
La vía establecida para poder solicitar el Ingreso Mínimo Vital es la sede electrónica de la Seguridad Social, disponible para todas aquellas personas que deseen realizar dicho trámite. La documentación que debe aportarse se puede enviar a través de la sede electrónica, o bien mediante correo ordinario.
¿Qué plazo existe para poder solicitar el Ingreso Mínimo Vital?
El plazo establecido para poder solicitar la citada prestación va desde el 15 de junio hasta el 15 de septiembre, y, en el caso de tener derecho a ella, la prestación tendrá carácter retroactivo desde el 1 de junio.
¿Es compatible el Ingreso Mínimo Vital con la realización de un trabajo?
Es totalmente compatible recibir una prestación por realizar un trabajo con la percepción del Ingreso Mínimo Vital. Ahora bien, en el caso de que suceda dicha eventualidad, la persona en cuestión tiene la obligatoriedad de notificar dicho cambio al organismo competente de la Seguridad Social y, además, la cuantía de la prestación quedará reducida al existir unos ingresos mayores.
¿Se está desincentivando la búsqueda efectiva de empleo al eliminarse dicho requisito para el acceso al Ingreso Mínimo Vital?
Lo primero que se debe resaltar en este punto es que las cifras de desempleo son en la actualidad demasiado elevadas, por lo que en muchas ocasiones no todo el mundo tiene facilidades para entrar en el mercado laboral, o aquellas que acceden a un empleo lo hacen en condiciones precarias. Por ello, el Ingreso Mínimo Vital tiene una doble finalidad:
- La posibilidad de compatibilizarlo con el desempeño de un trabajo.
- Crear los incentivos necesarios para premiar a aquellas personas que acceden al mercado laboral, reduciendo en una cantidad menor la prestación obtenida a través del Ingreso Mínimo Vital.
En definitiva, el Ingreso Mínimo Vital está configurado como una prestación para ayudar a aquellos colectivos más vulnerables tras la crisis sanitaria. Por ello, y como consecuencia del desbordamiento ante el elevado número de solicitudes presentadas ante la Seguridad Social, el propio gobierno se ha visto en la necesidad de eliminar algunos de los requisitos para poder tener derecho a obtenerla.