El juez Peinado estudia si Begoña Gómez también cometió apropiación indebida

El juez Peinado tiene sobre su mesa un informe firmado por el letrado de la Universidad Complutense de Madrid (UCM) del pasado 1 de julio donde explica con pelos y señales los gastos en los que incurrió la famosa cátedra de Transformación Social dirigida por Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno Pedro Sánchez. El informe tiene como objeto la «posible apropiación indebida de propiedad de la Universidad Complutense de Madrid (software-Plataforma electrónica)». Los gastos están recogidos en tres partidas de 24.200€, 18.148,79€ y 60.500€. En total 98.848,79€, cuya responsabilidad se ve incapaz de acotar el Letrado de la UCM por «la falta de cooperación de determinados participantes en relación a los hechos y afectados por la cuestión». Entre ellos, la propia Begoña Gómez, que el 12 de junio respondió a la UCM que estaba recabando información que a 1 de julio no había proporcionado todavía. Una cuestión que sin duda tendrá que resolver en su comparecencia de este viernes ante el juez.

El letrado de la Universidad explica en el documento remitido a Peinado que la propia Complutense quiso presentarse como acusación particular en condición de perjudicada en el procedimiento contra Begoña Gómez, pero que el juez «acordó inadmitir a trámite el escrito de personación presentado por la UCM, por no constar el perjuicio que pudiera haber sufrido esta Administración», según el escrito.

firma Begona Moncloa
El mail de Begoña Gómez en respuesta a la UCM.

Luego continúa que la UCM tiene interés en poner en conocimiento del juez «las actividades de investigación y comprobación que, con carácter interno, ha desplegado la Universidad Complutense de Madrid, tras las distintas informaciones aparecidas en prensa y que afectan a la Cátedra Extraordinaria para la Transformación Social Competitiva» y añaden que «las actividades desarrolladas se han encaminado a procurar determinar si hubiera existido una apropiación indebida de determinados productos que se entienden de titularidad de esta Universidad (plataforma o software).

TRES GASTOS POR CASI CIEN MIL EUROS

Durante estas investigaciones la UCM ha recabado tres gastos. En primer lugar, la factura de la empresa Making Science Group S.A., por «la prestación del servicio de desarrollo e implementación de la Plataforma Transforma TSC para la Cátedra Extraordinaria de Transformación Social Competitiva, por importe de 24.200€, IVA incluido».

El segundo gasto fue un «contrato menor cuyo objeto fue el «Servicio de Consultoría y Asistencia para la Escuela de Gobierno-Cátedra de Transformación Social Competitiva». Expediente 2023/001869. Importe de adjudicación: 18.148,79€, IVA incluido».

Y el tercero, el más caro, fue el «procedimiento abierto simplificado cuyo objeto fue la «asistencia y asesoría técnica y tecnológica para la creación de una plataforma de gestión y medición de impacto en la Pequeña y Mediana empresa. Expediente 2023/004508. Importe de adjudicación:60.500 euros, IVA incluido».

Después el letrado continúa explicando que «las actuaciones que a continuación se describen se han instrumentalizado con el fin de procurar conocer si ha existido una utilización privativa o apropiación del producto, respecto de los servicios prestados (u objeto) a consecuencia de la factura y contratos antes citados» y aquí es claro el letrado al asegurar que «esta Administración no ha podido alcanzar una conclusión».

REGISTRO DEL SOFTWARE

La UCM acudió al registro de la propiedad intelectual para saber si el software estaba a nombre de Begoña Gómez o de Transforma TSC, pero no pudo obtener resultados en el caso de Gómez «al no disponer del DNI de la persona a que se refería la consulta» y en el caso de la sociedad fue negativo.

El 7 de junio la UCM también solicitó «a la oficina Española de Patentes y Marcas, dependiente del Ministerio de Industria, con el fin de conocer si alguna marca, modalidad de patente y/o modelo de utilidad figuraba inscrito a nombre de María Begoña Gómez Fernández o de la Sociedad Transforma TSC».

LA OFICINA DE PATENTES INFORMÓ DE QUE HAY «DOS MARCAS A FAVOR DE BEGOÑA GÓMEZ», UNA SIMILAR AL NOMBRE DE LA CÁTEDRA

La sorpresa fue que la solicitud «arrojó la existencia de dos marcas a favor de María Begoña Gómez Fernández«, la primera es TSC-Transformación Social Competitiva, desde el 2 de noviembre de 2020 y la segunda es TSC-Transforma Plataforma de Medición de Impacto Social y Medioambiental, inscrita el 24 de abril de 2023. El letrado de la UCM dice que la primera sociedad «por cuanto su denominación, persona que la constituye y objeto, pudiera dar lugar a, como mínimo, confusión con el contenido y promotores del Convenio para la creación de la Cátedra Extraordinaria para la Transformación Social Competitiva firmado entre la Universidad Complutense de Madrid y otras personas jurídicas».

primera pagina Moncloa
La primera página del informe de la Complutense.

Así las cosas, se pidió a la propia Escuela de Gobierno de la UCM todos los detalles sobre el contrato menor y el procedimiento ya citado y a la sociedad Deloitte Consulting para conocer los detalles del contrato adjudicado y firmado el 14 de noviembre de 2023. El 11 de junio la UCM respondió que no poseía documentación alguna relativa al resultado de los trabajos de la cátedra en ningún formato, «debiendo estar custodiados por la Dirección de la propia Cátedra». El 14 de junio Deloitte hizo acuse de recibo de la petición de la UCM y que «procedemos a la recopilación de la información requerida, que fue entregado en su día como resultado del proyecto, y la pondremos a su disposición a la mayor brevedad posible». A 1 de julio ese esperado contenido no se había recibido.

REQUERIMIENTO DE LA UCM A BEGOÑA GÓMEZ

El 11 de junio la Universidad se dirige directamente a Begoña Gómez, como directora de la Cátedra y a José Manuel Ruano de la Fuente, como codirector de la misma. Ese mismo día Ruano «manifiesta no tener la documentación requerida, ni al parecer, respuesta a las cuestiones planteadas por esta Universidad manifestando que él mismo traslada a la Directora de la Cátedra (Begoña Gómez) la responsabilidad de atender a los requerimientos formulados».

El 12 de junio Begoña Gómez contestó el correo de la UCM con el siguiente texto: «Buenas tardes, le informo de que he recibido el correo y estoy reuniendo la información/documentación que me solicita en cada una de sus cuestiones. Un cordial saludo, Begoña Gómez«. El letrado deja también claro que «a día de la presentación del presente escrito, no se ha recibido el contenido esperado en virtud del requerimiento efectuado».

Ese 11 de junio la gerencia de la UCM decidió encargar un informe de auditoría interna sobre los gastos económicos de la citada Cátedra de Begoña Gómez y el 19 de junio la interventora emitió su propio informe. El 21 de junio la Escuela de Gobierno de la UCM respondía al letrado sobre las personas que habían firmado las facturas por 18.148,79€ y la otra de 60.000€. En el primero de los casos la factura fue firmada por Begoña Gómez, mientras que la segunda lo hizo José Manuel Ruano, codirector de la cátedra.

COMISIÓN RETRASADA POR BEGOÑA GÓMEZ

Con toda esa información el día 24 de junio el vicerrector de planificación, coordinación y relaciones institucionales, convocó a la Comisión Mixta de Seguimiento de la Cátedra con un orden del día de cinco puntos donde se incluyó la «evaluación de la situación y estado de la cátedra (…)». A la misma estaba convocada Begoña Gómez, pero «a solicitud de Dª María Begoña Gómez Fernández, y por motivos personales, la reunión ha quedado pospuesta a fecha 4 de julio y, por lo tanto, no se ha celebrado a la fecha de presentación de este escrito», recogió el letrado de la UCM.

dos marcas Begona Moncloa
Las dos marcas de Begoña Gómez registradas.

El punto final destinado a las conclusiones del informe presentado a Peinado es categórico al especificar que la UCM «en su condición de Administración Pública se encuentra legalmente obligada a defender su patrimonio afecto a los fines (…) siendo que los bienes de ésta son de dominio público» y finaliza diciendo que «las actividades de investigación realizadas no permiten a esta Universidad Complutense alcanzar una conclusión definitiva respecto a la existencia o no de perjuicio sobre su patrimonio, en particular por la falta de colaboración de determinados intervinientes, sin que esta Administración esté dotada de potestades que obliguen a la colaboración» y añade como un lamento que «dada la falta de cooperación de determinados participantes en relación a los hechos y afectados por la cuestión, a lo cual se suma la complejidad del tema en curso, esta Universidad considera que no podrá alcanzar con sus propios medios una conclusión definitiva más allá de los indicios existentes».

Finalmente la UCM pide al juez Peinado que «si de la investigación practicada por ese órgano judicial existieran indicios conducentes a considerar que ha existido un perjuicio patrimonial a la UCM, por el mencionado órgano se realice a esta Administración Pública el oportuno ofrecimiento de acciones en calidad de perjudicado».