domingo, 24 noviembre 2024

El Constitucional culmina su revisión de los ERE tras amparar a Chaves, Griñán y otros ocho condenados

El Tribunal Constitucional (TC) ha culminado recientemente su revisión de los recursos contra las sentencias del ‘caso de los ERE’, lo que ha supuesto ya la libertad de cinco ex altos cargos condenados por delitos de prevaricación y/o malversación. Esta decisión del TC se basa en que la elaboración de los anteproyectos de ley y su aprobación como proyectos de ley por el Parlamento de Andalucía no puede ser constitutiva del delito de prevaricación, así como en la vulneración del derecho a la legalidad penal y, en algunos casos, de la presunción de inocencia.

Amparos Parciales y Excarcelaciones

El TC ha estimado parcialmente los recursos de varios ex altos cargos, entre ellos los expresidentes andaluces Manuel Chaves y José Antonio Griñán, así como de la exconsejera de Hacienda Carmen Martínez Aguayo, el exconsejero de Innovación Francisco Vallejo, el exdirector del IFA/IDEA Miguel Ángel Serrano Aguilar, el exconsejero de Empleo Antonio Rodríguez y el exviceconsejero de Innovación Jesús María Rodríguez Román. Estos últimos cinco han quedado en libertad a raíz de las sentencias del TC.

Además, el tribunal ha atendido de forma parcial los amparos de la exministra socialista y exconsejera de Economía de Andalucía Magdalena Álvarez, del exvicepresidente y exconsejero de Presidencia Gaspar Zarrías y del exviceconsejero de Presidencia y exdirector general de Presupuestos de la Junta de Andalucía Vicente Lozano Peña.

Interpretación de la Prevaricación y Presunción de Inocencia

De manera general, el Constitucional ha fijado que la elaboración de los anteproyectos de ley y su aprobación como proyectos de ley por el Parlamento de Andalucía no puede ser constitutiva del delito de prevaricación. Bajo este argumento, ha perdonado parte de la prevaricación y de la malversación condenada por la Audiencia de Sevilla y confirmada por el Tribunal Supremo en el caso de los ‘ERE’.

Además, el TC ha concluido que tanto la Audiencia de Sevilla como el Tribunal Supremo realizaron «una interpretación y aplicación imprevisible del delito de prevaricación», lo que supone una vulneración del derecho a la legalidad penal. En algunos casos, el TC también ha visto vulnerada la presunción de inocencia de los ex altos cargos andaluces al no precisarse en las sentencias condenatorias en qué medida los acusados participaron en los hechos que se les atribuyen.

Por ello, el Constitucional ha ordenado a la Audiencia de Sevilla retrotraer las actuaciones para que dicte nuevas sentencias respetuosas con «los derechos fundamentales infringidos».