El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la condena de nueve años de prisión para O.B. y D.S. como patrones de la patera en la que 13 personas –dos mujeres y once varones– perdieron la vida durante la travesía o tras haber sido rescatados, debido al deplorable estado de salud en el que se encontraban cuando fueron hallados, toda vez que al menos otra decena de personas desaparecieron en el mar.
El fallo ratifica las condenas de cinco años de prisión por un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros y cuatro más a cada uno por 13 delitos de homicidio en concurso, toda vez que deberán indemnizar con 120.000 euros a los herederos de los tres fallecidos que lograron ser identificados por las autoridades.
La sentencia rechaza el recurso de apelación interpuesto por una de las defensas, ya impugnado previamente por la Fiscalía, al entender que durante el juicio se dio material probatorio suficiente para demostrar que los acusados fueron quienes se encargaron de conducir la pequeña lancha en la que embarcaron unas 55 personas sin medidas de seguridad y con un «exiguo» motor de 25 caballos y con la que se hicieron a la mar en «pésimas» condiciones.
En esta línea, el Alto Tribunal andaluz da verosimilitud a las versiones ofrecidas por los testigos protegidos que ocuparon también una plaza en la embarcación previo pago de unos 2.000 euros y que partieron de la costa de Nador el 18 de diciembre de 2018, esto es, dos días antes de la madrugada en la fueron encontrados por Salvamento Marítimo y la Guardia Civil.
Según los testimonios, los condenados fueron quienes organizaron el viaje, dieron instrucciones a los demás y pilotaban la embarcación con la ayuda de una brújula. Asimismo, dieron detalles concretos del viaje, como que uno de ellos llevaba un teléfono para llamar a la Cruz Roja, o que ellos mismos explicaron que se habían quedado sin combustible porque se les había caído en Marruecos. Asimismo, uno de los acusados incriminó al otro y lo colocó como conductor de la embarcación.
La Sala rechaza también una posible reducción de las penas al entender que en la expedición «se puso en evidente y grave peligro la vida de las personas». Aunque la defensa ha alegado que los acusados no fueron los organizadores del viaje, no eligieron la embarcación ni las circunstancias «tan pésimas» de la travesía, el tribunal aprecia que asumieron «hacerse cargo de la embarcación en dichas circunstancias» por lo que «eran garantes de la vida de aquellas personas a quienes se obligaron a trasladarlas» a tierra.
La patera fue encontrada sobre las 3,35 horas del 20 de diciembre de 2018 a unas 13 millas náuticas de Punta Sabinal de la costa de Almería cuando estaba flotando a la deriva ante la ausencia de combustible. Según los indicios, la misma había partido de la costa marroquí con 55 personas a bordo procedentes de Mali, Senegal, Costa de Marfil y Guinea Conakry.
Los acusados, además de organizar el viaje y patronear la patera, dieron instrucciones y órdenes precisas a los ocupantes «aún teniendo en cuenta lo arriesgado del viaje» y la acción de inmigración clandestina a territorio español «al carecer todos los ocupantes de la embarcación de las necesarias autorizaciones administrativas de entrada y permanencia en España».
Además de no contar con chalecos ni medidas de protección o seguridad, así como tampoco con comida ni agua, la travesía se inició hasta que, en un momento del trayecto, se quedó sin combustible, lo que hizo que pasaran horas a la deriva en alta mar «con unas condiciones meteorológicas adversas debido al fuerte oleaje». Tal es así, que el agua entró en la embarcación varios ocupantes cayeron al mar.
Cuando Salvamento Marítimo encontró la patera había en su interior los cuerpos sin vida de once personas que se habían ahogado, de modo que otro de ellos falleció durante su traslado al puerto de Almería, mientras que un decimotercero murió por hipotermia tras su ingreso en el Hospital Torrecárdenas. Lograron ser rescatados con vida además de los dos acusados otros 30 inmigrantes, todos ellos mayores de edad.