Revés judicial en el caso ‘Tsunami Democràtic’: Audiencia Nacional anula más de dos años de investigación

La Audiencia Nacional ha emitido una resolución que anula todas las diligencias acordadas por el juez instructor después del 29 de julio de 2021 en la causa del ‘Tsunami Democràtic’, al considerar que la prórroga de la investigación ordenada por el magistrado en esa fecha fue extemporánea.

En un auto, el tribunal da la razón a la recurrente Marta Molina, investigada en este caso, al entender que la prórroga decretada por el juez García Castellón el 30 de julio de 2021 fue dictada fuera de plazo. Por ello, ordena al instructor que decida si continúa la causa o la sobresee, pero únicamente con base en las diligencias acordadas antes del 29 de julio de 2021.

Invalidez de Diligencias Posteriores a Prórroga Extemporánea

La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha estimado el recurso presentado por Marta Molina, investigada en el marco de la causa abierta por el ‘Tsunami Democràtic’. El tribunal ha declarado la invalidez de todas las diligencias acordadas por el juez instructor Manuel García Castellón con posterioridad al 29 de julio de 2021, fecha en la que este dictó un auto de prórroga de seis meses para la investigación.

En su resolución, el tribunal da la razón a la recurrente al considerar que la prórroga decretada por el juez fue extemporánea. Según el auto, el plazo de instrucción había finalizado el 29 de julio, por lo que la prórroga ordenada al día siguiente resultaba improcedente.

El juzgado había argumentado que el plazo de instrucción no había expirado, pues el auto del 30 de julio le «dio continuidad sin que se produjese interrupción alguna». Sin embargo, para la Sala de lo Penal este razonamiento resulta contradictorio, ya que «no cabe sostener sin detrimento de la congruencia, que un plazo finaliza el 29 de julio de 2021 y también que no ha finalizado el día 30 siguiente».

Decisión sobre Continuidad o Sobreseimiento de la Causa

Ante esta situación, el tribunal concluye que la proximidad temporal entre la expiración del plazo y la prórroga decretada no indica continuidad en la instrucción, sino todo lo contrario. Por ello, ordena al juez García Castellón que dicte la resolución establecida en el artículo 779 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, es decir, que decida si continúa con la causa o la sobresee.

Sin embargo, el magistrado deberá basar su decisión únicamente en las diligencias acordadas antes del 29 de julio de 2021, desechando todas las actuaciones posteriores a esa fecha, que han sido declaradas inválidas por la Audiencia Nacional.

Esta resolución supone un duro revés para la instrucción del ‘caso Tsunami Democràtic’, al obligar al juez a replantearse su estrategia procesal y a descartar todas las diligencias realizadas en los últimos seis meses. La decisión final sobre la continuidad o el sobreseimiento de la causa queda ahora en manos del instructor, quien deberá valorar cuidadosamente los elementos probatorios disponibles hasta finales de julio de 2021.