La historia de los cuerpos de bomberos en España ha estado marcada por una notable ausencia de mujeres en sus filas. Esta realidad, que durante décadas pareció inmutable, comenzó a cambiar gradualmente en los últimos años con la incorporación de las primeras mujeres bombero en diversas ciudades del país. Sin embargo, el camino hacia la igualdad de oportunidades en este ámbito no ha estado exento de obstáculos y controversias.
En el caso concreto de Melilla, una ciudad autónoma española situada en el norte de África, la incorporación de la primera mujer bombero se vio envuelta en una polémica que ha culminado recientemente con una decisión judicial sin precedentes. Este caso no solo ha puesto de manifiesto las dificultades que enfrentan las mujeres para acceder a profesiones tradicionalmente dominadas por hombres, sino que también ha revelado presuntas irregularidades en los procesos de selección de personal en el sector público.
Anulación de la plaza de bombero a la única mujer aprobada
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Melilla ha tomado una decisión que ha sacudido el panorama de los servicios de emergencia de la ciudad. La sentencia dictada por este tribunal ha anulado la plaza otorgada a la única mujer que había logrado aprobar las oposiciones para formar parte del cuerpo de bomberos de Melilla en el año 2017. Esta medida se ha basado en la detección de un presunto trato de favor por parte de la presidenta del tribunal de oposición.
La resolución judicial ha ordenado la repetición de la prueba C del proceso de selección, específicamente la evaluación psicotécnica y de personalidad. Esta decisión implica la anulación de todas las pruebas posteriores en las que participó la aspirante en cuestión. El tribunal ha argumentado que la opositora debió ser declarada no apta en esta fase del proceso y, por lo tanto, no debería haber continuado con las siguientes etapas de la selección.
Es importante destacar que esta sentencia no es definitiva y puede ser objeto de recurso. Los afectados tienen la posibilidad de apelar ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de Málaga del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) en un plazo de 15 días a partir de la notificación de la resolución. Este período de tiempo será crucial para determinar si el caso continúa su curso legal o si la decisión se mantiene firme.
Irregularidades detectadas en el proceso de selección
El caso ha salido a la luz gracias a la acción legal emprendida por el Gabinete Jurídico Suárez-Valdés, que ha llevado la defensa de los opositores que decidieron recurrir el proceso de selección. Según han explicado los representantes legales, el litigio se ha extendido durante seis largos años antes de llegar a esta resolución. La controversia se centra en la detección de un presunto trato de favor por parte de la presidenta del tribunal hacia una de las opositoras, específicamente en la prueba psicotécnica y de personalidad.
La gravedad de las acusaciones llevó a que cinco de los opositores que habían sido declarados no aptos en dicha prueba iniciaran un doble camino judicial. Por un lado, presentaron una acción penal por presunto delito de prevaricación. Sin embargo, a pesar de las evidencias de manipulación del proceso selectivo que alegaban los demandantes, esta vía fue sobreseída por el Juzgado de Instrucción de Melilla, al no apreciar indicios de criminalidad suficientes para continuar con el proceso penal.
No obstante, los opositores no se conformaron con esta resolución y decidieron recurrir de forma paralela al juzgado de lo Contencioso Administrativo de Melilla. Esta estrategia legal ha resultado ser más fructífera, ya que el tribunal les ha dado finalmente la razón, reconociendo las irregularidades en el proceso de selección y ordenando la repetición de la prueba en cuestión.
Impacto y consecuencias de la decisión judicial
La decisión del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Melilla tiene implicaciones significativas tanto para la opositora afectada como para el cuerpo de bomberos de la ciudad. En primer lugar, la sentencia despoja de su plaza de funcionaria a la opositora que presuntamente se vio favorecida por las irregularidades producidas. Esta mujer, que había hecho historia al convertirse en la primera bombero de Melilla, ahora se ve obligada a repetir la prueba psicotécnica y de personalidad junto con el resto de aspirantes que fueron injustamente declarados no aptos en la misma.
El abogado Antonio Suárez-Valdés, representante de los cinco opositores recurrentes, ha detallado las presuntas irregularidades que llevaron a esta situación. Según su relato, el tribunal de selección alteró sus propios criterios de calificación expresos con la finalidad de permitir que una opositora, cuyas tías aparentemente tenían una amistad íntima con la presidenta del tribunal, superase una prueba que inicialmente tenía suspendida. Este trato diferencial no se aplicó al resto de los opositores excluidos del proceso por el mismo motivo.
Las acusaciones van más allá, señalando que la presidenta del tribunal intervino directamente llamando a las psicólogas asesoras para que alteraran los criterios de corrección, sin la aprobación previa del resto de los miembros del tribunal. Esta situación habría provocado incluso dimisiones dentro del órgano evaluador, ya que algunos de sus miembros se negaron a formar parte de lo que consideraban un proceso irregular.
En conclusión, este caso pone de manifiesto la importancia de garantizar la transparencia y equidad en los procesos de selección para el sector público, especialmente en ámbitos donde la presencia femenina ha sido históricamente limitada. La decisión judicial, aunque controvertida, busca restablecer la igualdad de oportunidades para todos los aspirantes, al tiempo que plantea importantes reflexiones sobre los mecanismos de control y supervisión en los procesos de oposición. El desenlace final de este caso podría sentar un precedente significativo en la lucha contra las irregularidades en los procesos selectivos y en la promoción de la igualdad de género en profesiones tradicionalmente masculinizadas.