La Comisión Nacional de los Mercados de Valores (CNMV) ha decidido sancionar con más de medio millón de euros a Solventis por cobro indebido de comisiones por políticas de integración vertical, según ha sido publicado este viernes en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Esas sanciones son firmes por vía administrativa por la CNMV. No obstante, según ha explicado Solventis, están recurridas ante la Audiencia Nacional, que como medida cautelar ha decidido paralizar el pago de estas sanciones, que incluyen tanto multas como restitución a clientes perjudicados.
Por un lado, la CNMV ha decidido multar con 30.000 euros a Solventis por haber incumplido la normativa sobre obligación de información a clientes sobre percepción de incentivos procedentes de comercializar fondos de inversión del grupo.
El grueso de la sanción viene por una infracción que ha cometido Solventis (a falta de ser confirmada por la Audiencia Nacional) al haber cobrado de forma indirecta e indebida incentivos a clientes de gestión discrecional de carteras que son derivados de políticas de integración vertical al haber mantenido el cobro de comisiones de gestión para dichos clientes.
Así, la CNMV multa esta infracción con 20.000 euros e impone una sanción de restitución a los clientes perjudicados de 471.403 euros, equivalentes a los beneficios obtenidos por Solventis.
La Ley del Mercado de Valores marca que cuando una sociedad preste servicio de gestión de carteras, dicha sociedad «no aceptará ni retendrá honorarios, comisiones u otros beneficios» proporcionados por un tercero en relación con la prestación de dicho servicio a los clientes.