El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Galicia ha condenado a la Administración a indemnizar a un policía nacional que llevaba a cabo su trabajo con ropa de paisano desde octubre de 2019. La Justicia ha condenado a la Administración a abonar los 1.500 euros por las costas judiciales.
El policía al que la Justicia ha dado la razón, solicitó a la Dirección General de la Policía el abono de los gastos de vestuario derivados de la ropa de paisano que se vio obligado a utilizar en la prestación de su servicio.
De sobra es conocido que no todos los policías trabajan con el uniforme oficial, sino que hay policías de paisano, antiguamente conocidos como policía secreta, cuya labor es muy importante para la prevención y seguridad en nuestras calles, ya que así pueden trabajar sin alertar de su presencia durante investigaciones judiciales. Su labor es clave en intervenciones de investigación de delitos, para una discreta vigilancia, infiltración, prevención en los despliegues o dispositivos de seguridad ante grandes aglomeraciones e incluso en tareas de protección como escolta.
Fuentes del sindicato JUPOL (Justicia Policial), a través de los servicios jurídicos ejercidos por Eduardo Fernández de CASFER Abogados, ha logrado en el Tribunal Superior de Justicia de Galicia una sentencia en la que se reconoce el derecho de un agente de la Policía Nacional de Galicia a percibir la indemnización por vestuario, desde el 17 de octubre de 2019 hasta la actualidad, y mientras siga prestando sus servicios habituales con ropa de paisano.
LA SENTENCIA DEMUESTRA LA DEJADEZ DE LA DGP Y OCASIONA GASTOS
Una indemnización de la cual aún no se ha determinado la cantidad económica correspondiente y para la cual se ha solicitado a la sala del TSJ de Galicia que recabe los datos necesarios de la Dirección General de la Policía para fijar la cantidad a percibir por parte del agente.
«JUPOL solicita 146 euros por cada año y además la administración tiene que pagar las costas de 1.500 euros»
Desde JUPOL se ha solicitado a la Dirección General de la Policía, que al menos, se indemnice con los 146 euros por año, cantidad estipulada para los policías que actúan como escoltas. Del mismo modo, desde el Tribunal Superior de Justicia de Galicia se han impuesto las costas procesales a la Administración, fijando en 1.500 euros la cantidad máxima a percibir por el demandante, en concepto de honorarios de Letrado de su defensa.
Contra la sentencia a la que ha tenido acceso MONCLOA, dictada el 7 de mayo de 2024, puede interponerse aún recurso de casación ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo o ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, siempre que se acredite interés casacional. Dicho recurso, tendrá que prepararse en el plazo de 30 días, contados desde el siguiente al de la notificación de la resolución que se recurre.
Para JUPOL esta sentencia judicial demuestra nuevamente la dejadez de la Dirección General de la Policía, de Francisco Pardo Piqueras, en relación a los derechos reconocidos para sus agentes, los cuales vienen denegando de manera reiterada y es la justicia la que tiene que obligar a la Administración a cumplir con sus obligaciones.
Esta situación supone una merma en las condiciones sociolaborales de los agentes y un cargo económico para la Administración, que tiene que asumir las indemnizaciones con intereses y con las costas judiciales pertinentes.
UNA OLEADA DE CASOS SIMILARES DESDE HACE TRES AÑOS
Pero este caso no es un hecho aislado, pues cabe recordar que el Tribunal Superior de Justicia de Galicia ya sentenció con anterioridad que los policías de paisano tienen derecho a cobrar una ayuda por vestuario. En diciembre de 2021 dejó claro que la Policía Nacional tiene que abonar una ayuda por los gastos en ropa con la que un agente de paisano ejerció sus labores entre los años 2016 y 2020.
En este caso, el fallo lo emitió la Sección 001 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo que estima un recurso de un trabajador, concretamente de la Brigada Local de Policía Judicial de la Comisaría de Santiago, contra una resolución en la que la Dirección General de la Policía le denegaba la percepción de estas cuantías.
Es más, en dicha sentencia, los magistrados ya citaron fallos anteriores del Tribunal Supremo y del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña para confirmar que esta decisión vulnera el principio de igualdad, por lo que el agente tenía derecho a percibir dicha compensación.
UN POLICÍA DE PAISANO COMPRA CASI UN TERCIO MÁS DE VESTIMENTA
El Sindicato Unificado de Policía (SUP) que era el que prestó sus servicios jurídicos al agente demandante, celebró la resolución judicial porque el hecho de ejercer exclusivamente de paisano provoca que el funcionario tenga que comprar «casi un tercio más de vestimenta» que el resto de agentes, según sus cálculos. Además, en solo cinco meses, el Tribunal Superior de Justicia de Galicia falló 68 recursos a favor de los agentes a partir de ese caso, según el Faro de Vigo.
Lo curioso es que en 2022, la falta de uniformes en la Policía desde hace más de un año, también se convirtió en un problema acuciante, especialmente para los agentes de las unidades más operativas, y la falta de interés de la DGP en solucionar el asunto, estuvo a punto de obligar a policías a salir a patrullar de paisano, según denunció el propio SUP, que matizaba que las Unidades de Intervención Policial (UIP) eran las más afectadas.
El origen de ese problema fue la ineficacia de la aplicación informática AVPOL donde los policías están obligados a solicitar las prendas de la uniformidad que deben sustituir por rotura o desgaste derivados de su trabajo.