La resolución que regula la obligación del uso de la mascarilla en Baleares ha entrado en vigor este lunes, 13 de julio, con excepciones y sin sanciones durante esta primera semana, es decir, hasta día 20 de este mes «para asegurar un periodo de adaptación a la normativa», tal como ha explicado la consellera de Salud y Consumo Patricia Gómez.
Según ha informado Gómez en rueda de prensa, los casos en que no será obligatorio el uso de la mascarilla son «en situaciones consumo de alimentos y de bebidas, en la práctica de la actividad física, actividad acuática o el uso de instrumentos musicales de viento; se exceptúa el uso a menores de 16 años en actividades de ocio infantil y juvenil con su grupo habitual de convivencia; no será obligatoria en el centro de trabajo si se puede garantizar un metro y medio entre empleados; en espacios de naturaleza y aire libre fuera de núcleos de población y en playas, paseos marítimos y piscinas siempre que se pueda mantener distancia interpersonal de seguridad; y en personas afectadas con una enfermedad que se pueda ver agravada por su uso, en dependientes o con alteración de conducta o casos supuestos de fuerza mayor para usarla, como, por ejemplo, fumar».
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