Manuel Bautista, el alcalde del PP de Móstoles, confía en la actuación de la justicia, pero cree que es «inadmisible» que el PSOE de Madrid de Juan Lobato mantenga la pasividad y no expulse de forma inmediata a Noelia Posse y a todos los concejales que se van a sentar en el banquillo de los acusados por un presunto delito de prevaricación, pues «los mostoleños no se merecen este escándalo», si bien el PSOE guarda silencio.
El regidor y presidente de su partido en Móstoles anunció en sus redes que «la Justicia ha dado un paso más en el caso de la ITV. La exalcaldesa socialista de Móstoles y cuatro de sus actuales concejales en la oposición de este consistorio se sentarán en el banquillo de los acusados por un presunto caso de prevaricación tras haber perdonado más de 2 millones de euros, tras haber condonado esa deuda a esta empresa. Los mostoleños han sido los grandes perjudicados con esta acción de la señora Posse. Ferraz y el señor Lobato no pueden seguir dando la callada por respuesta. Señora Posse, por dignidad con los mostoleños dimita».
DIMISIÓN O SUSPENSIÓN DE LA MILITANCIA EN MÓSTOLES
De hecho, los estatutos del PSOE a nivel federal establecen la suspensión de militancia cuando se dicte la apertura de juicio oral. E incluso La Ser ha recordado que en una entrevista en La Ventana de Madrid el 15 de marzo de 2023, Noelia Posse aseguró que «si nos abren juicio oral, como marcan los estatutos y establece nuestro partido, los concejales que estábamos en esa Junta de Gobierno tomaremos la decisión de irnos», aunque no era lo que, a su juicio, reclamaban los habitantes de Móstoles, indicó antes de las elecciones municipales.
«SI NOS ABREN JUICIO ORAL, COMO MARCAN LOS ESTATUTOS Y ESTABLECE NUESTRO PARTIDO, TOMAREMOS LA DECISIÓN DE IRNOS», DIJO HACE MÁS DE UN AÑO POSSE
Después de las elecciones del 28-M hubo cambio de color político, ya que el PSOE pasó de 10 a 7 concejales: Noelia Posse, Alejandro Martín, Rebeca Prieto, David Muñoz, Susana López, Carlos Rodríguez y Marisa Ruiz. El resto de la corporación la forman los 12 ediles del PP, incluido el alcalde, los 4 de Más Madrid, 3 de Vox y la edil de Podemos en el Grupo Mixto.
El llamado caso ITV que va a sentar en el banquillo a Noelia Posse, ocho miembros del Gobierno municipal de Móstoles en la legislatura anterior, un funcionario público y un empresario por la presunta comisión de un delito de prevaricación administrativa del artículo 404, investiga si hubo perjuicio a las arcas municipales cuando el Ayuntamiento decidió condonarle la deuda a una empresa que se encarga de hacer las revisiones técnicas de los vehículos.
La Audiencia Provincial de la región ordenó el procesamiento de Noelia Posse, entonces todavía alcaldesa de Móstoles, hace menos de un año. Antes, el juzgado había acordado el archivo provisional de la causa, al entender que «en ningún momento, ha existido voluntad por parte de la Junta de Gobierno local de causar un perjuicio para las arcas públicas», pero la Audiencia Provincial revocó esa decisión tras un recurso presentado por dos concejales de Más Madrid.
El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Móstoles ha realizado el trámite procesal previo a la apertura de juicio oral, que se produce después de que la Audiencia Provincial de Madrid ordenara a la instructora procesar a la exalcaldesa socialista y a siete ediles de la Junta de Gobierno al considerar que no se podía descartar la existencia de indicios de un delito de prevaricación administrativa.
UN ACUERDO DE LA JUNTA DE GOBIERNO EN 2020
Según esa resolución «resulta obvio» el prejuicio causado a las arcas públicas como consecuencia del acuerdo de la entonces Junta de Gobierno Local, el 20 de octubre de 2020, al considerar que no se podía descartar la existencia de indicios de un delito de prevaricación administrativa.
En dicho acuerdo se aprobó por la vía de urgencia reducir al 50% la deuda del concesionario, el canon actual y el aplazamiento hasta 2040 del resto de la deuda a razón de 30.000 euros anuales. «Ante un crédito de derecho público y como señalaban los informes del interventor y teniendo en cuenta la naturaleza del mismo quedaba excluido de la fase preconcursal y era indisponible».
Los informes que si bien no eran vinculantes pero sí preceptivos, eran los del Interventor y el Secretario y «pese a que estos informaron en contra sus informes no se tomaron en consideración pero en cambio sí que se tuvo en cuenta la opinión de un asesor externo», indica Europa Press, que ha tenido acceso a ese documento judicial.
EL POSIBLE CASTIGO DEL DELITO
Por ello, de las diligencias practicadas se desprende que la Junta de Gobierno aprobó un acuerdo «sabiendo que era perjudicial para el Ayuntamiento, tomando en consideración un informe emitido por el señor Torner, que no era quien debía hacer ese informe, siendo la concesionaria del servicio la beneficiaria de ese acuerdo que ha causado un perjuicio evidente a las arcas públicas».
Ahora, las partes personadas tienen que ir presentando ante el juzgado sus escritos de acusación o escritos de defensa de cara a que la titular del órgano jurisdiccional dicte en unos meses la resolución definitiva para que el juicio se pueda desarrollar en la Audiencia Provincial de Madrid. El delito del que se les acusa, la prevaricación, no conlleva penas privativas de libertad, pero sí la inhabilitación para el ejercicio de cargo público.