miércoles, 27 noviembre 2024

El Supremo carga contra la irrespetuosa Dolores Delgado tras compararse con Pérez de los Cobos

María Dolores Delgado, exfiscal general del Estado y pareja del exjuez Baltasar Garzón, ha recibido un nuevo varapalo judicial. La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha desestimado el incidente de nulidad contra la sentencia del pasado 21 de noviembre, que anuló su nombramiento en el Boletín Oficial del Estado.

El Gobierno promovió y aprobó el ascenso de Delgado a fiscal de sala y se la nombró fiscal de Sala de la Fiscalía togada del Tribunal Supremo.

«Dejando al margen el carácter francamente irrespetuoso de algunas de las expresiones empleadas en el escrito por el que se promueve este incidente de nulidad de actuaciones, la verdad es que ninguna de las alegadas vulneraciones de derechos fundamentales puede sostenerse», ha considerado el Alto Tribunal.

EL SUPREMO NO VE VULNERACIÓN DE DERECHOS CONTRA DELGADO

Dolores Delgado había esgrimido una vulneración de la igualdad de trato, contemplada en el artículo 14 de la Constitución, al comparar su caso con el del coronel Diego Pérez de los Cobos, cesado por el ministro de Interior, Fernando Grande-Marlaska, y restituido en el cargo por una sentencia del Tribunal Supremo.

«Conviene no olvidar -dice el auto- que, cuando de desviación de poder se trata, es absolutamente crucial el dato probatorio; es decir, que resulte claramente establecido que la finalidad buscada por la Administración fue una distinta de la que el ordenamiento atribuye a la potestad administrativa ejercida», ha sostenido.

era absolutamente diáfano e incontestable en el presente caso a la vista del material probatorio existente, no lo era en el del señor Pérez de los Cobos Orihuel

La diferencia entre ambos casos reside en la desviación de poder. Por un lado, el Supremo no apreció esta desviación de poder en el caso de Pérez de los Cobos, mientras que sí lo ha considerado en el caso de Delgado.

DIÁFANO E INCONSTESTABLE

«Y esto, que era absolutamente diáfano e incontestable en el presente caso a la vista del material probatorio existente, no lo era en el del señor Pérez de los Cobos Orihuel», ha escrito el Supremo.

Dolores Delgado se lleva un supremo varapalo
Dolores Delgado se lleva un supremo varapalo

Por otro lado, Delgado consideró también que se había vulnerado el artículo 23.2 de la Constitución, que señala el derecho a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos, con los requisitos que señalen las leyes. Según el Alto Tribunal, «porque -aun admitiendo a efectos argumentativos que el acto administrativo cumpliera todos los requisitos legalmente exigidos y que la señora Delgado García tuviera méritos sobrados- no debe olvidarse que la desviación de poder es un vicio autónomo y diferenciado de los actos administrativos».

un acto administrativo cumpla todos los requisitos legalmente exigidos no lo inmuniza de posible desviación de poder

«Tan es así que consiste en que, si bien la apariencia externa del acto es ajustada a Derecho, se busca una finalidad diferente de la legalmente prevista.

PROMOCIÓN Y PLAZA, INEXTRICABLEMENTE UNIDAS

En otras palabras, contrariamente a lo que sostiene la parte promotora de este incidente de nulidad de actuaciones, que un acto administrativo cumpla todos los requisitos legalmente exigidos no lo inmuniza de posible desviación de poder», ha indicado.

Además, el Supremo también desestima una posible vulneración del artículo 24 de la Constitución «porque la sentencia explica claramente que el nombramiento para la plaza convocada y la promoción a la categoría de Fiscal de Sala van inextricablemente unidas, hasta el punto de que no cabe legalmente la promoción como acto administrativo independiente. De aquí que no cupiera apreciar ni falta de legitimación del recurrente ni exceso en el fallo de la sentencia».

La sentencia estimó el recurso de otro candidato a fiscal de Sala de lo Militar, anuló el Real Decreto y ordenó la retroacción de las actuaciones al momento anterior a la propuesta del Fiscal General del Estado al Consejo de Ministros para la cobertura de la plaza.

El Supremo apreció desviación de poder en la propuesta de nombramiento del fiscal general del Estado al Consejo de Ministros, ya que tuvo por finalidad asegurar a Dolores Delgado su promoción a la máxima categoría de la Carrera Fiscal.