La Comunidad Valenciana mantendrá las medidas de prevención ante la Covid-19 que rigen esta semana en la región en la denominada «fase 3 avanzada» del plan de desescalada a partir del fin del estado de alarma este domingo. Así, la distancia entre personas de 1,5 metros o el 75% de aforo en establecimientos continuarán vigentes durante la «nueva normalidad».
Así lo ha decidido el ejecutivo valenciano en un acuerdo del Pleno del Consell que se publicará en el DOGV y que toma como base el decreto del presidente del pasado sábado para la «fase 3 avanzada». La vicepresidenta y portavoz, Mónica Oltra, ha anunciado la medida en la primera rueda de prensa con presencia física de periodistas desde el decreto del estado de alarma.
Según ha explicado Oltra, este acuerdo «podrá ser modificado» durante las próximas semanas y meses ante la «incertidumbre» de la evolución de la pandemia.
Para la vicepresidenta, no saber cómo evolucionará la Covid-19 «hará necesario que puedan se puedan tomar medidas ante cualquier rebrote, localizadas, por sectores o territoriales».
El acuerdo, según el Consell, busca «asegurar que las actividades en las que pueda producirse un mayor riesgo de transmisión de la enfermedad se desarrollen en condiciones que permitan controlar este riesgo».
Según han indicado, «se trata de medidas con las cuales se pretende apoyar a la reactivación económica y social, minimizando el riesgo para la salud pública, y tienen que venir necesariamente acompañadas por la prudencia y la responsabilidad individual, de forma que la autoprotección se convierta también en la medida más eficaz para proteger a los demás».
Serán aplicables en todo el territorio de la Comunidad Valenciana, una vez finalizada la prórroga del estado de alarma y, por lo tanto, producirán efectos a partir del día 21 de junio de 2020 y hasta la finalización de la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.
Los servicios de inspección municipales y autonómicos, en el ámbito de sus competencias, serán los encargados de vigilar el cumplimiento de las medidas.
DISTANCIA DE SEGURIDAD, AFOROS Y MEDIDAS PARA ESTABLECIMIENTOS
Entre las medidas previstas en el acuerdo se encuentran obligaciones generales relativas a la distancia mínima de seguridad de 1,5 metros o, en su defecto, medidas alternativas de protección física como el uso de mascarilla de higiene adecuada, medidas de higiene comunes a todas las actividades (como limpieza de locales, de ropa de trabajo, ventilación de instalaciones, disponibilidad de materiales de protección, pago preferente con tarjeta, señalización de distancia de seguridad para clientes, utilización de probadores, establecimiento de sistemas de recuento aforo).
También se incluyen otras medidas adicionales para centros comerciales, establecimientos de hostelería y restauración, para la celebración de actos de culto religioso, y para piscinas de uso deportivo e instalaciones deportivas.
Además, se mantiene con carácter general el aforo del 75% y se fijan las medidas específicas por sectores: actos religiosos (velatorios, ceremonias nupciales, entre otros), medidas relativas al desarrollo de la actividad educativa, medidas relativas a actividades de tiempo libre y parques infantiles, medidas aplicables a los establecimientos de hostelería, a las actividades culturales (bibliotecas, archivos, museos, cines, teatros, instalaciones taurinas, instalaciones deportivas, acontecimientos deportivos, congresos, instituciones feriales, piscinas, transporte público y actividades náuticas.
Además, las medidas previstas en este acuerdo podrán ser completadas por planes específicos de seguridad, protocolos organizativos y guías adaptadas a cada sector de actividad, que serán aprobados por las administraciones competentes.
ÁMBITO DE JUVENTUD
Finalmente, en el ámbito de juventud y del sistema público valenciano de servicios sociales, serán aplicables las disposiciones contenidas en las resoluciones dictadas por Oltra.
Precisamente, el pleno ha ratificado la resolución del departamento que dirige Oltra para regular la transición «a la nueva normalidad de las actividades de tiempo libre y ocio educativo infantil y juvenil así como de los servicios y programas dependientes del Instituto Valenciano de Juventud (IVAJ)».
En el texto se establecen las medidas organizativas para la activación de las escuelas de verano y campamentos urbanos, sin pernoctación; los campamentos, colonias, rutas por etapa y campos de voluntariado, con pernoctación, así como las actividades en Centros de Información y Animación Juvenil (CIAJ), casas de juventud y centros juveniles junto a los servicios y programas del IVAJ para jóvenes y entidades.
Las entidades promotoras de actividades tienen la obligación de disponer de un plan de contingencia o de un procedimiento de vigilancia, identificación y sospecha de casos, que seguirá los criterios sanitarios de los protocolos y medidas de prevención de la Covid-19 y que se adaptará al proyecto y al espacio donde se llevará a cabo la actividad.
En el documento se establece, asimismo, que los servicios y programas del IVJ y las actividades e instalaciones de tiempo libre y ocio educativo tendrán que cumplir, en todo momento, las obligaciones de prevención de riesgos laborales establecidas en la legislación vigente en cada fase del plan, tanto a todos los efectos, como de manera específica, para prevenir el contagio de SARS-CoV-2.
También indica que la limpieza y desinfección de las instalaciones se hará con la frecuencia y las condiciones estipuladas en cada fase para los centros y lugares de pública concurrencia, con especial atención a las superficies de contacto más frecuentes. Se garantizará una ventilación adecuada de todas las dependencias.
GRUPOS DE HASTA DIEZ PARTICIPANTES POR ACTIVIDAD MÁS MONITOR
En el anexo se detallan las condiciones organizativas, con la división interna de los participantes de cualquier actividad, en la fase 3 en grupos estables de edad de hasta 10 miembros que incluirán participantes y una persona con titulación de monitor o monitora de actividades de tiempo libre educativo infantil y juvenil (MAT) o equivalente y en la nueva normalidad, el número de también será en grupos de 10 participantes, más un monitor o monitora con titulación y opcionalmente una persona en prácticas MAT y un acompañante cuando la persona participante lo requiera.
El uso de espacios comunes se establecerá por turnos, y se extremarán las medidas de higiene y prevención definidas en los protocolos de prevención de Covid-19 en el ámbito del ocio educativo. Las actividades en espacios cerrados se llevarán a cabo garantizando las medidas de distancia física mínima de metro y medio entre los diferentes grupos de 10 participantes.
El IVAJ habilitará un plan de formación on line en temas de seguridad, higiene y medidas de prevención de la COVID-19 en el ámbito del ocio educativo, y que será obligatoria para todas aquellas personas que vayan a trabajar como monitor o monitora de actividades de tiempo libre.
En las actividades con pernoctación y transporte, las condiciones se adaptarán a lo que establezcan en cada momento las autoridades competentes. Asimismo, las actividades de comedor, duchas, salidas, entre otros, serán «temporalizadas partiendo de los mismos grupos estables y siguiendo las normas y medidas adoptadas en cada caso por la propiedad o autoridad competente».
Las actividades puntuales de la programación que requieran personal especializado (apoyo de inglés, artístico, danza, aventura, etc.) están permitidas manteniendo las medidas de distancia física y protección correspondientes. El personal de estas actividades tendrá que maximizar los protocolos de limpieza previamente y posteriormente a la actividad de cada grupo.