El Tribunal Constitucional (TC) ha acordado en su Pleno de este martes levantar la suspensión cautelar de varios artículos del decreto-ley del Gobierno de Aragón por el que se adoptan medidas excepcionales y urgentes en la contratación pública, concretamente los relativos a las obras públicas, que se habían dejado sin efecto temporalmente por el recurso presentado por el Ejecutivo de Pedro Sánchez contra esta norma autonómica.
Según ha informado la corte de garantías, se han reactivado los artículos 2, 3 y 4 del Decreto-ley 3/2022, de 6 de abril, referidos al ámbito de aplicación del mismo y a medidas excepcionales en materia de revisión de precios de los contratos de obras y de los contratos de servicios y suministros necesarios para la ejecución de la obra pública.
El auto, del que ha sido ponente la vicepresidenta del TC, Inmaculada Montalbán, explica que el levantamiento de la suspensión cautelar obedece a que la aplicación de estos preceptos concretos no causa perjuicios irreparables.
En cambio, el TC ha decidido mantener suspendido el artículo 5 de la misma norma, que prevé la modificación de los materiales en los contratos de obra pública a iniciativa del contratista.
El Constitucional estima que este artículo sí puede causar daños irreparables, ya que, una vez ejecutada la obra con materiales distintos a los inicialmente previstos, revertir tal situación para dar cumplimiento efectivo al contrato podría deparar perjuicios económicos y de otra naturaleza.