Los plazos procesales que fueron suspendidos con la declaración del estado de alarma por la pandemia del coronavirus el pasado 14 de marzo se reactivarán a partir de este jueves lo que supondrá la recuperación de la actividad plena en la Administración de Justicia.
Tal y como establece el artículo 8 y 10 del Real decreto, del pasado 22 de mayo, por el que se prorroga –por quinta vez– el estado de alarma, a partir de este jueves se alzará la suspensión de los plazos procesales y de prescripción y caducidad de derechos y acciones.
Ello implica la derogación de las disposiciones adicional segunda y cuarta del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, que fueron adoptadas como medidas para la gestión, en el ámbito de la Administración de Justicia, de la crisis sanitaria ocasionada por la covid-19.
Para el Ministerio de Justicia, la reactivación del sistema judicial es «un paso importante en la fase de reconstrucción del país y, sobre todo, una pieza clave para promover la recuperación económica, tras la crisis sanitaria».
Cabe recordar que el cómputo de los plazos administrativos que hubieran sido suspendidos a causa del estado de alarma también se reanudaron el pasado 1 de junio.
DESESCALADA EN LA JUSTICIA
Para hacer frente a esta reactivación de la actividad, la Administración de Justicia se encuentra en su fase 2 de desescalada, por la que ya se han reincorporado entre un 60 y un 70 por ciento de la plantilla a los juzgados y tribunales.
No obstante, en la semana del 9 de junio, el 100 por cien de los trabajadores acudirán a trabajar presencialmente, tal y como se prevé en la fase 3, y que acordó el pasado viernes la Comisión de Coordinación de Crisis del covid-19 en la Administración de Justicia.
La Comisión también dio el visto bueno a medidas de choque para reforzar la actividad judicial a partir de septiembre, tras el parón ocasionado por la crisis sanitaria. Entre ellas, está la creación de juzgados que temporalmente atenderán los asuntos derivados de la crisis.