El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha desestimado el recurso presentado por el Ministerio Fiscal contra la reducción de un año de prisión con motivo de la conocida como Ley del ‘solo sí es sí’ a un condenado por abuso sexual a una menor en la provincia de Cádiz.
Según señala la sentencia, el Ministerio Fiscal presentó recurso contra el auto dictado por la Audiencia Provincial de Cádiz por el que se le reducía de diez a nueve años la prisión al condenado.
En su auto, dictado en enero de este año, la Audiencia Provincial de Cádiz señalaba que daba lugar a revisar la sentencia estableciéndose en nueve años de prisión con la accesoria de inhabilitación especial durante el tiempo de la condena la pena correspondiente al delito continuado de abusos sexuales a menor de 16 años objeto de la sentencia.
El auto fue recurrido por el Ministerio Fiscal alegando que la pena impuesta en su día sigue siendo imponible tras la reforma operada por la Ley Orgánica 10/2022, conocida como Ley de ‘solo sí es sí’, por lo que no procedería la revisión.
Este recurso ha sido desestimado por el TSJA que considera que la reducción de un año de prisión dictada por la Audiencia Provincial de Cádiz a través de un auto es «plenamente puesto en razón y derecho».