La Consejería de Educación del Gobierno de Asturias ha informado este viernes de que no suscribirá ni renovará los conciertos con colegios privados que ignoren el principio de coeducación y segreguen al alumnado por sexo.
Según ha explicado la Consejería a través de una nota de prensa, se aplicará este criterio, recogido en la nueva ley educativa (Lomloe), a partir del próximo curso. Será inexcusable en 1º de Infantil y en 1º de Primaria, con el inicio de la escolarización, y otorgará un plazo máximo de un año para la adaptación en el resto de niveles.
Así consta en la propuesta de resolución que establece el procedimiento que regulará los conciertos educativos con los centros docentes privados durantee los seis próximos cursos: del 2023-2024 al 2028-2029. El texto ha salido este viernes a información pública.
La propuesta hace referencia en su preámbulo a la Ley Orgánica de Educación 3/2020, de 29 de diciembre, en materia de conciertos, y también a la disposición adicional vigésimo quinta. Esta disposición alude al fomento de la igualdad efectiva entre hombres y mujeres en todos los centros sostenidos total o parcialmente con fondos públicos. En este sentido, señala que hay que implantar el principio de coeducación en todas las etapas y «no separar al alumnado por su género».
Según explica el Principado, la norma de Educación regula ese principio de la igualdad efectiva en su artículo 3.6, en el que matiza que no procederá la renovación ni la suscripción de nuevos conciertos con aquellos centros que incumplan este requisito. Además, en el artículo 6 se establece la obligación de los titulares de los colegios a presentar una declaración responsable en la que se asuma la obligación de no segregar por razón de género.
Esta resolución, que estará a exposición pública durante los próximos diez días hábiles, regula la constitución de la comisión encargada de realizar la posterior propuesta de suscripción y renovación de los conciertos, centro a centro. Ese órgano estará presidido por la consejera de Educación, Lydia Espina.
El texto recoge que los conciertos suscritos podrán modificarse durante el periodo de vigencia de seis años por la alteración del número de unidades, por necesidades de escolarización u otro tipo de circunstancias de los centros.