Después de una larga travesía de incertidumbre, el Gobierno aprobará esta semana en el Consejo de Ministros la Renta Mínima Vital o Ingreso Mínimo Vital que beneficiará a unas 850000 familias, de las cuales se prevé que automáticamente y de oficio, la Seguridad Social pueda hacer dicho ingreso a unos 100000 hogares. ¿Quiénes podrán solicitarla? ¿Cuándo se cobra? ¿Dónde se solicita? Respondemos a todas las dudas sobre el IMV y cómo afecta a los ciudadanos.
El Ingreso Mínimo Vital (IMV) nace como una prestación no contributiva de la que se hará cargo a la Seguridad Social. El objetivo de esta medida de urgencia social es cubrir las necesidades de ingresos mínimos básicos para los hogares con menores ingresos.
1¿QUIÉNES PUEDEN SOLICITAR EL INGRESO MÍNIMO VITAL?
Tal y como lo ha planteado el Gobierno, la Renta Mínima Vital es un suplemento del Estado para las personas mayores de 23 años y menores de 65 años sin menores a su cargo, y siempre en concepto de ayuda al hogar o núcleo familiar, no a título individual.
- Si vives solo e ingresas menos de 200 euros al mes, recibirás una cuantía similar a la de la pensión no contributiva, de 462 euros si vive solo, o 700 euros si tiene un menor a su cargo, 838 euros si tiene dos, y 977 si tiene tres o más
- Cuando son dos personas las que conviven, y la suma de rentas está por debajo de los 450 euros, la prestación será de 600 euros si carece de menores a su cargo; 738 euros, si tiene a su cargo un menor, 877 si son dos menores y 1015 euros con tres o más menores a su cargo.
También es requisito acreditar estar en búsqueda de empleo, algo que se puede realizar con los certificados de búsqueda de empleo del SEPE y de diversos portales de empleo.
La Renta Mínima Vital es incompatible con cualquier otra ayuda solicitada de las aprobadas por el Gobierno.