Los lugares de culto de las islas de Formentera, en Baleares, y de El Hierro, La Gomera y Graciosa, en Canarias, podrán celebrar el culto público con un 50% del aforo, desde este lunes 18 de mayo, fecha en la que entrarán en la fase 2 del plan de desescalada en la lucha contra el coronavirus Covid-19.
Según la Orden del Ministerio de Sanidad publicada este sábado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), en los territorios que pasen a la fase 2 «se permitirá la asistencia a lugares de culto siempre que no se supere el cincuenta por ciento de su aforo».
Además, se indica que el aforo máximo deberá publicarse en un lugar visible del espacio destinado al culto y que se deberán cumplir las medidas generales de seguridad e higiene establecidas por las autoridades sanitarias.
REQUISITOS A CUMPLIR
En concreto, el Ministerio de Sanidad señala que deberán aplicarse los requisitos previstos en el artículo 9, apartados 2 y 3, de la Orden del 9 de mayo, en la que que se recomiendan, entre otras medidas, el uso de mascarilla con carácter general o el uso de asientos individuales o bien manteniendo la distancia en los bancos.
Asimismo, se aconseja la desinfección del lugar de culto; la organización de las entradas y salidas, y la puesta a disposición de los fieles de dispensadores de geles hidroalcohólicos. No se permitirá el uso de agua bendecida ni el contacto personal, ni la actuación de coros. Igualmente, se limitará el tiempo de las celebraciones.
La Orden de Sanidad también establece que, en el caso de los musulmanes, deberán usar alfombras personales y se ubicará el calzado en los lugares estipulados, embolsado y separado; y que las abluciones rituales (lavado de diferentes partes del cuerpo para purificarse antes de la oración) deberán realizarse en casa.