Agentes de la Policía Nacional han procedido desde el pasado lunes a proponer para sanción a 23 personas que disfrutaban de un baño en el embalse del Limonero por lo que incumplían el Real Decreto 463/2020.
En dos ocasiones fue el personal de seguridad del recinto quien puso de manifiesto los hechos, al comprobar que un numeroso grupo de personas habrían accedido a la presa en los primeros días de la fase 0 de la desescalada. Para poder entrar a bañarse habían tenido que saltar una valla y pasar por una zona prohibida, según ha informado la Policía Nacional a través de un comunicado.
Los hechos vienen ocurriendo desde el pasado lunes cuando los agentes acudieron al pantano y encontraron a cinco personas dándose un baño, todas ellas fueron propuestas para sanción por desobediencia a las medidas adoptadas en el Real Decreto por Estado de Alarma.
Asimismo, este pasado martes el servicio de seguridad del embalse volvió a alertar a través de una llamada a la Sala del 091 que de igual modo había gente bañándose y a su llegada los agentes localizaron a doce personas que fueron identificadas y propuestas para sanción por desobediencia al decreto de estado de alarma.
También este miércoles una dotación policial ha acudido al lugar para evitar nuevamente el incumplimiento por personas que pasearan por la zona, encontrándose de nuevo a otras seis personas bañándose en la presa. Todas ellas han sido identificadas y denunciadas por incumplimiento de las medidas restrictivas recogidas en el decreto de estado de alarma.
Por otro lado, desde la Policía Nacional se recuerda la existencia de franjas horarias así como condiciones diferentes para actividades deportivas realizadas según los deportistas sean profesionales, federados o aficionados.
Los deportistas aficionados pueden desarrollar su práctica una vez al día, dentro de las franjas horarias –desde las 06.00 a 10.00 horas por las mañanas o de 20.00 a 23.00– y como límite dentro del municipio de residencia.
Para deportistas profesionales y de alto nivel se les permite el acceso a lugares naturales –mar, ríos, embalses–, sin límite de duración y en el horario necesario, pudiéndolo realizar en el término de la provincia en la que resida.
A deportistas federados les está permitido igualmente el acceso a lugares naturales, estando limitado su práctica a dos veces al día y dentro de las franjas horarias –desde las 06.00 a 10.00 horas por las mañanas y de 20.00 a 23.00–.
Por último, han incidido en que con la intención de seguir concienciando a los ciudadanos, los agentes del Cuerpo Nacional de Policía seguirán velando por su cumplimiento intensificando en caso de ser necesario el número de controles y dispositivos.