domingo, 15 diciembre 2024

La Audiencia Nacional pone orden en las acusaciones de los atentados de Cataluña antes de dar pasos previos al juicio

La Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional está clarificando y poniendo orden en las acusaciones particulares que quieren estar personadas de cara al juicio de los tres procesados por los atentados de Barcelona y Cambrils que tuvieron lugar el 17 de agosto de 2017 y que causaron 16 muertos y cientos de heridos.

Así consta en una providencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, en la que los magistrados que juzgarán los hechos advierten de errores en la personación de algunas de estas acusaciones y las modifica para, por ejemplo, acumular a varios afectados en una misma acusación particular, incluir a otros que habían quedado fuera o descartar aquellos que el tribunal no considera como afectados directos por los ataques terroristas porque así lo determinó el juez instructor.

De este modo, y hasta la fecha de la mencionada providencia, de 17 de abril de 2020, la causa acumula 14 acusaciones particulares, según han especificado fuentes jurídicas. De igual modo, hay personadas dos acusaciones populares, la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT) y la Asociación Catalana de Víctimas de Organizaciones Terroristas (ACVOT).

PROBLEMAS CON EL RECUENTO DE VÍCTIMAS

La clarificación de quiénes pueden o no ejercer acusación particular no ha sido el único escollo que ha dificultado la tramitación de la causa en la Audiencia Nacional. Cuando las diligencias aún no habían salido del Juzgado Central de Instrucción número 4, su titular, José Luis Calama, se encontró con problemas a la hora de establecer el número real de víctimas.

Era un balance que ya estaba haciendo la Dirección General de Apoyo a las Víctimas del Terrorismo, dependiente del Ministerio del Interior, pero a falta de una cifra oficial, el juez se encontró con que casi una veintena de personas que decían ser víctimas de los atentados habían querido personarse en el procedimiento.

Para determinar quiénes sí eran víctimas directas de los atentados, Calama ordenó informes médicos de estas personas y rechazó a aquellas que, según los médicos forenses, no habían establecido la «relación causa-efecto» entre el ataque terrorista y las presuntas lesiones de naturaleza psíquica que referían los recurrentes.

Una vez resuelta esta cuestión, el instructor dictó auto el pasado enero en el que daba por concluida la investigación y elevó la causa para su enjuiciamiento a la Sala de lo Penal, que ahora está en fase de ordenar las acusaciones particulares.

La providencia dictada hace unos días por la Sección Tercera se enmarca en la fase previa a dar traslado a todas estas partes personadas para que informen al tribunal si están o no de acuerdo con la conclusión del sumario y que envía a juicio a Driss Oukabir, Mohamed Houli Chemlal y Said Ben Iazza.

Oukabir y Houli están procesados por delitos de integración en organización terrorista, fabricación, tenencia y depósito de explosivos y estragos en grado de tentativa. A Iazza, quien fue detenido meses después de los ataques en Castellón, se le atribuye delito de colaboración en organización terrorista. Los tres cumplirán el próximo mes de agosto tres años en prision provisional.

NO ESTÁN PROCESADOS POR LOS ASESINATOS

El juez Calama no procesó a ninguno de los tres por los 16 asesinatos ocurridos durante los atentados, ya que aunque no tiene dudas en que formaban parte de la organización que los llevó a cabo, no ve suficientes indicios para afirmar que tuviesen una participación directa en los mismos.

Este ha sido el asunto más polémico de la instrucción de estos atentados terroristas y por eso la AVT ha avanzado ya su rechazo a las conclusiones del magistrado –que heredó la causa del anterior instructor, Fernando Andreu, quien fue el que dictó el auto de procesamiento– y tiene previsto solicitar a la Sala de lo Penal que devuelva la causa al juzgado para plantear que se considere imputar a los procesados por asesinatos terroristas.

Si el tribunal atiende su petición, el Juzgado Central de Instrucción número 4 deberá volver a valorar los delitos por los que procesa a los tres sospechosos. En caso contrario, será el momento de que las partes personadas realicen la calificación de los hechos y emitan escrito de acusación o de defensa.