El juez José Antonio Lucini considera que los sanitarios tienen la obligación de «sacrificar su derecho a la vida», todo ello a pesar de la falta de medidas de protección, «en beneficio de la vida e integridad del resto de la población». Estos han sido sus argumentos para desestimar la demanda presentada por el Colegio de Enfermería de Jaén, en la que denunciaban a la Junta por falta de los equipos de protección durante la primera ola de la pandemia provocada por el coronavirus. De esta forma, la sentencia exime de responsabilidad al Servicio Andaluz de Salud (SAS) por no proveer a los profesionales de los equipos adecuados de protección. Además, el magistrado ha señalado que no ha habido una vulneración derechos constitucionales a la vida y a la integridad física y moral.
La demanda fue presentada por el Colegio de Enfermería de Jaén en marzo de 2020, durante la primera ola de Covid-19. Desde la institución, han emitido un comunicado trasladando su disconformidad con el fallo, el cual reconoce la escasez de equipo de protección para los sanitarios durante los primeros meses de la crisis del coronavirus. Sin embargo, no considera que en dicho momento se vulneraran los derechos fundamentales de los enfermeros. Tras conoce la sentencia, la organización jienense ha anunciado que han interpuesto un recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía «confiando en que se corrija este fallo».
El letrado de la Asesoría Jurídica del Colegio, Santiago López Poyatos, ha afirmado que en esta sentencia «se considera que, en la pandemia por COVID-19, se pueden sacrificar derechos que concurren en distintas personas o sujetos; es decir, que se sacrifiquen unos, sin dotarlos de medios, para salvar a otros». Además, ha añadido que dicho sacrificio «no sería exigible en una sociedad moderna salvo en caso de declaración de guerra, y no con un simple Estado de Alarma, que incluso ha sido declarado inconstitucional parcialmente».
José Francisco Lendínez, presidente del Colegio, también se ha pronunciado al respecto y ha recordado que en la provincia el número de sanitarios infectados con el virus ha sido «muy elevado». Por ello considera que con la sentencia «se está obviando el derecho de cualquier trabajador a contar con los medios de protección adecuados para preservar su salud. Se nos quiere convertir en mártires para que la Administración no tenga que responder por ponernos en primera línea sin medios, ni por los enfermeros contagiados e incluso fallecidos».
Además, durante esta semana también se ha hecho pública una resolución judicial por la que la Consejería de Sanidad de la Comunidad Valenciana tendrá que indemnizar a los profesionales de la Sanidad con entre 5.000 y 9.000 euros. La cuantía será pagada a los sanitarios que desempeñaron su trabajo durante la primera ola de la pandemia en la provincia de Alicante y lo hicieron sin los equipos de protección adecuados. Este fallo considera que los trabajadores «tienen derecho a ser indemnizados por los daños y perjuicios personales y morales». Algo que no ha sido considerado de la misma forma por el juez José Antonio Lucini.
Este magistrado, que ha desestimado la sentencia del Colegio de Jaén, es el mismo que solicitó el traslado debido a los «riesgos profesionales» que acarreaba la sobrecarga de trabajo que en ese momento estaban sufriendo los juzgado de lo Penal de Jaén. En el año 2008, Lucini, junto a otro compañero, solicitó al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) un cambio de destino a una sede más tranquila. Los motivos que alegaron para solicitar el traslado fueron que estaban «sentados en un polvorín» y explicaban que un semana se habían celebrado más de cuarenta juicios, lo que consideraron «un ritmo inaguantable» que estaba provocando que estuvieran trabajando, según aseguraron, «al límite de sus posibilidades».
Además, los magistrado argumentaron, para reforzar su postura, que existía una escasez respecto a las plantillas, ya que había falta de refuerzos y ineficacia del sistema informático con el que contaban en aquel momento. A ello añadían que las competencias que debían asumir eran cada vez más amplias debido a las sucesivas reformas del Código Penal en materias como tráfico o ordenación del territorio. Así, con estos argumentos consiguieron que, finalmente, el Consejo admitiera su suplica y aceptara su traslado a destinado con menos carga de trabajo.
Sin embargo, Lucini no comprende ahora la situación que han vivido los sanitarios su provincia andaluza, quienes sí han tenido que soportar grandes sobrecargas de trabajo. Y es que la crisis del coronavirus ha afectado de forma considerable al sistema sanitario, con grandes colapsos tanto en los hospitales como en los centros de salud. A esta situación se suma la falta de protección durante las primera etapas de la pandemia. Algo que parece que el magistrado no considera indemnizable, ya que considera tienen la obligación de dar la vida por los demás, a pesar de la falta de protección.