sábado, 23 noviembre 2024

La DGT perseguirá el «síndrome de carril izquierdo» y legalizará los intercomunicadores de moto en 2022

La Dirección General de Tráfico ha cargado de sentido común su nueva ley. A excepción de algunos puntos que generan controversia relacionados con la convivencia entre ciclistas y conductores, la mayoría de las nuevas reformas de la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos y Seguridad Vial han sido muy bien recibidas. Dos de los puntos que más han llamado la atención son el apartado 1 del artículo 10, en referencia a quienes entorpecen el tráfico y apartado 3 del artículo 13, en referencia al uso de los intercomunicadores de moto. En cuanto a la primera modificación, la DGT deja claro que perseguirá a quienes «entorpezcan» la circulación, lo que se interpreta como una respuesta a esos conductores que acostumbran a quedarse en el carril izquierdo sin dejar pasar ni permitir los adelantamientos. Y en cuanto a la segunda modificación, la Guardia Civil ya no podrá interpretar la ley a su antojo para multar a quienes lleven un intercomunicador en el casco.

«El usuario de la vía está obligado a comportarse de forma que no entorpezca indebidamente la circulación, ni cause peligro, perjuicios o molestias innecesarias a las personas o daños a los bienes o al medioambiente», detalla la nueva Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos y Seguridad Vial. La idea a la hora de aplicar esta norma es diversa, pero sobretodo hay fuentes de Tráfico que aseguran que está enfocada a evitar que los conductores que tienen el síndrome del carril izquierdo persistan en una actitud que es muy común entre los españoles. Mantenerse en el carril izquierdo, reservado para los adelantamientos tanto en las autopistas como en las autovías, podrá ser multado sin reservas tras la aprobación de esta ley. Desde la DGT detallan que esa actitud ya podía ser multada, pero la modificación del texto lo hace más posible y viable. Lo mismo pasa con otros puntos de la norma.

El segundo punto más esperado (especialmente por los moteros) es el que hace referencia al uso de unos dispositivos que se colocan en el casco y que permiten desde escuchar la radio o música desde el móvil vía Bluetooth a hablar por teléfono gracias a un micrófono. Los intercomunicadores de moto serán legales sin que haya lugar a interpretaciones. No es raro ver en foros de aficionados a las motos imágenes de una multa impuesta por la Guardia Civil de Tráfico en la que se les acusa de utilizar un dispositivo aparentemente ilegal. En muchos casos, quienes recurren lo ganaban por la dificultad de aplicar la ley, pero ahora se acabó de una vez por todas esa libre interpretación a la que se aferraban los agentes que querían multar.

Se prohíbe la utilización durante la conducción de dispositivos de telefonía móvil, navegadores o cualquier otro medio o sistema de comunicación, excepto cuando el desarrollo de la comunicación tenga lugar sin emplear las manos ni usar cascos, auriculares o instrumentos similares», detallan. En este caso, se habla de la prohibición de «conducir utilizando cualquier tipo de casco de audio o auricular conectado a aparatos receptores o reproductores de sonido u otros dispositivos que disminuyan la atención permanente a la conducción, excepto durante la realización de las pruebas de aptitud en circuito abierto para la obtención del permiso de conducción en los términos que reglamentariamente se determine». Visto así, podría significar que la DGT también incluiría los intercomunicadores de moto, pero no, dado que más adelante en la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos y Seguridad Vial lo aclaran.

esta norma se aplicará tan pronto como se publique en el BOE, por lo que en 2022 no habrá mayores problemas

«No se considerará dentro de la prohibición, la utilización de dispositivos inalámbricos certificados u homologados para la utilización en el casco de protección de los conductores de motocicletas y ciclomotores, con fines de comunicación o navegación, siempre que no afecten a la seguridad en la conducción», asegura la nueva norma redactada directamente por la DGT. Los intercomunicadores son legales. Y esta norma se aplicará tan pronto como se publique en el BOE, por lo que en 2022 no habrá mayores problemas.

La DGT lleva tiempo en el ojo del huracán mediático y más con la aparición de agentes como SocialDrive que publican cualquier tropelía relacionada con la DGT. Aún así, con esta ley ha intentado reducir la fricción con algunos colectivos de la carretera para evitar mayores problemas. Sin embargo, sigue implacable en algunos asuntos como por ejemplo la detección de radares. Así lo detallan en su nueva Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos y Seguridad Vial.

«Se prohíbe instalar o llevar en los vehículos inhibidores de radares o cinemómetros o cualesquiera otros instrumentos encaminados a eludir o a interferir en el correcto funcionamiento de los sistemas de vigilancia del tráfico, así como emitir o hacer señales con dicha finalidad. Asimismo se prohíbe llevar en el vehículo mecanismos de detección de radares o cinemómetros. Quedan excluidos de esta prohibición los mecanismos de aviso que informan de la posición de los sistemas de vigilancia del tráfico», detallan.