La Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha rechazado que se pueda exigir en Euskadi el ‘pasaporte covid’ como condición para acceder a los locales de ocio nocturno y a los restaurantes de más de 50 comensales en Euskadi, medida para la que solicitó autorización judicial el Gobierno Vasco.
La decisión del TSJPV cuenta con el aval de dos magistrados y el voto particular de su presidente, Luis Garrido, que disiente del parecer mayoritario, al considerar que tenía que permitirse la implantación del ‘pasaporte covid’. La resolución puede recurrirse ante el Tribunal Supremo en un plazo de tres días desde su notificación.
El tribunal ha denegado la solicitud del Ejecutivo de Iñigo Urkullu para implantar el certificado covid digital de la UE en establecimientos de ocio nocturno, pese a que ya está en vigor en Baleares, Cataluña y Galicia, y también la reclaman muchas otras comunidades autónomas.
La Sala de lo Contencioso-administrativo del TSJPV ha resuelto en contra de la petición del Gobierno Vasco en un auto que ha hecho público tras reunirse desde las 9.30 horas para deliberar.
La pretensión del Ejecutivo era reclamar el pasaporte covid en discotecas, salas de baile, de fiesta con espectáculo, bares musicales o karaokes, así como en los pubs y bares especiales incluidos en el Grupo III a partir de las 22.00 horas o en los restaurantes con más de 50 comensales siempre que Euskadi supere los 150 casos por cada 100.000 habitantes en 14 días.